DECRETO 1110/2022

LA PLATA, 30 de Agosto de 2022

VISTO el expediente EX-2022-17116757-GDEBA-DPELSPMHYFGP del Ministerio de Hacienda y Finanzas, mediante el cual se propicia implementar la política salarial que regirá para el personal de las Policías de la Provincia de Buenos Aires comprendido en el régimen de la Ley N° 13.982 y modificatoria -con exclusión del personal civil- y el personal del Servicio Penitenciario Bonaerense comprendido en el régimen del Decreto-Ley N° 9578/80 y modificatorias, con vigencia desde el 1° de marzo de 2022, 1° de mayo de 2022, 1° de julio de 2022, 1° de septiembre de 2022 y 1° de diciembre de 2022, como, asimismo, rectificar el artículo 6° del Decreto N° 385/22, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 385/22 se determinaron las pautas salariales que rigen para el personal de las Policías de la Provincia de Buenos Aires comprendido en el régimen de la Ley N° 13.982 y modificatoria -con exclusión del personal civil- y el personal del Servicio Penitenciario Bonaerense comprendido en el régimen del Decreto-Ley N° 9578/80 y modificatorias, con vigencia desde el 1° de marzo de 2021, 1° de julio de 2021, 1° de septiembre de 2021, 1° de octubre de 2021, 1° de noviembre de 2021 y 1° de diciembre de 2021;

Que la pauta desarrollada implicó una mejora sustancial en los sueldos básicos que perciben las Policías de la Provincia de Buenos Aires y el personal del Servicio Penitenciario Bonaerense;

Que, a efectos de sostener esa importante mejora, resultó necesario adecuar los porcentuales utilizados para calcular algunas bonificaciones propias del personal de jerarquías superiores de ambas fuerzas de seguridad;

Que, asimismo, la referida circunstancia ameritó modificar los porcentuales utilizados para calcular el haber de los Cadetes del Subescalafón General de las Policías, como asimismo adecuar el importe de la Bonificación Remunerativa No Bonificable que perciben los Cadetes de 1° y 2° año del Servicio Penitenciario Bonaerense;

Que el artículo 3º del Decreto N° 1254/10, en su redacción originaria, determinó la composición del haber mensual del personal de Cadetes del Subescalafón General de las Policías, fijándolo en el cincuenta por ciento (50%) de la suma del Sueldo Básico, y la Bonificación Remunerativa No Bonificable establecida en el artículo 2° de la aludida norma, correspondiente al grado de Oficial de Policía del Subescalafón General;

Que por el artículo 2° del Decreto N° 561/21 se modificó la forma de cálculo del haber mensual de los Cadetes aludidos, estableciendo que a partir del 1° de enero de 2020 dicho haber se determinaría en el equivalente al cien por ciento (100%) del sueldo básico correspondiente al grado de Oficial de Policía del Subescalafón General, al que se adicionaría una Bonificación No Remunerativa No Bonificable equivalente al cuarenta por ciento (40%) de la Bonificación establecida en el artículo 2° del Decreto Nº 1254/10 y modificatorios, prevista para el grado y el subescalafón citados precedentemente;

Que, por un error involuntario, la redacción dada al artículo 6° del Decreto N° 385/22 no contempló lo establecido en el Decreto N° 561/21, sin expresar correctamente la medida que ha querido implementarse respecto del haber mensual que perciben los Cadetes del Subescalafón General de las Policías;

Que, por las razones expuestas en el considerando anterior, corresponde rectificar el artículo 6° del Decreto N° 385/22;

Que la política salarial diseñada para las Policías de la Provincia de Buenos Aires y agentes del Servicio Penitenciario Bonaerense por el año 2022 también conlleva una importante mejora de los sueldos básicos, replicándose nuevamente modificaciones en el cálculo de los haberes de los cadetes de ambas fuerzas de seguridad;

Que resulta menester implementar la política salarial que regirá para ambas fuerzas de seguridad, con vigencia desde el 1° de marzo de 2022, 1° de mayo de 2022, 1° de julio de 2022, 1° de septiembre de 2022 y 1° de diciembre de 2022;

Que se han expedido favorablemente la Dirección Provincial de Economía Laboral del Sector Público, la Subsecretaría de Coordinación Económica y Estadística, la Dirección Provincial de Presupuesto Público y la Subsecretaría de Hacienda, pertenecientes al Ministerio de Hacienda y Finanzas; la Dirección Provincial de Personal y la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que han tomado intervención en razón de sus respectivas competencias Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Rectificar el artículo 6° del Decreto N° 385/22, que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 6°. Modificar el artículo 3° del Decreto N° 1254/10, que quedará redactado de la siguiente manera:

ARTÍCULO 3°. Establecer que el haber mensual del Personal de Cadetes del Subescalafón General - comprendido en el régimen de la Ley Nº 13.982, y modificatoria, y su Decreto Reglamentario Nº 1050/09, fijado en el artículo 2° del Decreto N° 561/21- se determinará en el equivalente al cien por ciento (100%) del sueldo básico correspondiente al grado de Oficial de Policía del Subescalafón General, al que se adicionará una Bonificación No Remunerativa No Bonificable equivalente a los porcentuales que se indican a continuación, desde la fecha que en cada caso se detalla, sobre la bonificación establecida en el artículo 2º del Decreto Nº 1254/10 y modificatorios, prevista para el grado y subescalafón citados precedentemente:

  1. desde el 1° de marzo de 2021 será equivalente al treinta y seis por ciento (36%);
  2. desde el 1° de julio de 2021 será equivalente al treinta con setenta por ciento (30,7%);
  3. desde el 1° de septiembre de 2021 será equivalente al treinta por ciento (30%);
  4. desde el 1° de octubre de 2021 será equivalente al veintiocho por ciento (28%);
  5. desde el 1° de noviembre de 2021 será equivalente al veintiséis con cincuenta por ciento (26,50 %);
  6. desde el 1° de diciembre de 2021 será equivalente al veinticuatro con veinte por ciento (24,20 %)”.

ARTÍCULO 2°. Establecer, a partir del 1° de marzo de 2022, 1° de mayo de 2022, 1° de julio de 2022, 1° de septiembre de 2022 y 1° de diciembre de 2022, los sueldos básicos para los Subescalafones: General, Comando, Profesional, Administrativo, Técnico, Servicios Generales y de Emergencias Telefónicas 911 del Personal de las Policías de la Provincia de Buenos Aires, comprendido en el régimen de la Ley N° 13.982 y modificatoria, con exclusión del personal civil, en los importes determinados en el Anexo 1 (IF-2022-17094883-GDEBA-DPELSPMHYFGP), que forma parte integrante del presente.

ARTÍCULO 3°. Establecer que el haber mensual del Personal de Cadetes del Subescalafón General - comprendidos en el régimen de la Ley Nº 13.982 y modificatoria, y su Decreto Reglamentario Nº 1050/09, fijado en el artículo 2° del Decreto N° 561/21- se determinará en el equivalente al cien por ciento (100%) del sueldo básico correspondiente al grado de Oficial de Policía del Subescalafón General, al que se adicionará una Bonificación No Remunerativa No Bonificable equivalente a lo porcentuales que se indican a continuación, aplicados desde la fecha que en cada caso se detalla, sobre la bonificación establecida en el artículo 2° del Decreto N° 1254/10 y modificatorios, prevista para el grado y subescalafón citados precedentemente:

  1. desde el 1° de marzo de 2022 será equivalente al diecisiete por ciento (17%);
  2. desde el 1° de mayo de 2022 será equivalente al doce con cincuenta por ciento (12,50%);
  3. desde el 1° de julio de 2022 será equivalente al ocho por ciento (8%);
  4. desde el 1º de septiembre de 2022 será equivalente al dos por ciento (2%);
  5. desde el 1° de diciembre de 2022 será equivalente a cero por ciento (0%).

ARTÍCULO 4°. Establecer, en orden a lo dispuesto en el artículo 3° inciso e) del presente, que a partir del 1° de diciembre de 2022 el haber mensual del Personal de Cadetes del Subescalafón General comprendidos en el régimen de la Ley Nº 13.982 y modificatoria, y su Decreto Reglamentario Nº 1050/09, se determinará en el equivalente al cien por ciento (100%) del sueldo básico correspondiente al grado de Oficial de Policía del Subescalafón General.

ARTÍCULO 5°. Establecer, a partir del 1° de marzo de 2022, 1° de mayo de 2022, 1° de julio de 2022, 1° de septiembre de 2022 y 1° de diciembre de 2022, los sueldos básicos para el Personal del Servicio Penitenciario Bonaerense perteneciente al Escalafones Cuerpo General, Profesional y Técnico, Administrativo, Auxiliar y para los Aspirantes de 1° y 2° Año, en los importes que se determinan en el Anexo 2 (IF-2022-17095106-GDEBA-DPELSPMHYFGP), que forma parte integrante del presente.

ARTÍCULO 6°. Establecer, a partir del 1° de marzo de 2022, 1° de mayo de 2022, 1° de julio de 2022, 1° de septiembre de 2022 y 1° de diciembre de 2022, la Bonificación Remunerativa No Bonificable establecida en el artículo 8° del Decreto N° 385/22, que fuera estipulada por los artículos 1° y 3° del Decreto N° 2198/05 para el Personal del Servicio Penitenciario Bonaerense, en los importes que se determinan en el Anexo 3 (IF-2022-17095299-GDEBA-DPELSPMHYFGP), que forma parte integrante del presente.

ARTÍCULO 7°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Hacienda y Finanzas, de Seguridad, de Justicia y Derechos Humanos y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 8°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Comunicar a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires y al Instituto de Previsión Social. Cumplido, archivar.

Pablo Julio López, Ministro; Sergio Berni, Ministro; Julio César Alak, Ministro: Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador

Anexo 1 - Policía de la Provincia de Buenos Aires Ley N° 13982 - Sueldos Básicos

Sueldos Básicos -en Pesos-

Jerarquía

A partir del de marzo de 2022

A partir del de mayo de 2022

A partir del 1° de julio de 2022

Valor por Jerarquía

Comisario General

$ 104.288,31

$ 121.186,88

$ 138.085,45

Comisario Mayor

$ 90.273,38

$ 104.901,01

$ 119.528,64

Comisario Inspector

$ 81.162,85

$ 94.314,24

$ 107.465,63

Comisario

$ 72.906,22

$ 84.719,73

$ 96.533,24

Subcomisario

$ 65.392,50

$ 75.943,59

$ 86.494,68

Oficial Principal

$ 51.928,63

$ 60.449,37

$ 68.970,11

Oficial Inspector

$ 48.966,48

$ 57.133,54

$ 65.300,61

Oficial Subinspector

$ 46.247,58

$ 54.084,73

$ 61.921,87

Oficial Ayudante

$ 44.302,14

$ 51.926,60

$ 59.551,07

Oficial Subayudante

$ 42.690,00

$ 50.152,50

$ 57.615,00

Mayor

$ 65.983,99

$ 76.539,46

$ 87.094,94

Capitán

$ 59.646,55

$ 69.188,22

$ 78.729,89

Teniente 1ro

$ 49.571,20

$ 57.501,11

$ 65.431,02

Teniente

$ 46.877,80

$ 54.505,85

$ 62.133,89

Subteniente

$ 45.136,95

$ 52.634,92

$ 60.132,89

Sargento

$ 43.575,13

$ 51.012,58

$ 58.450,02

Oficial Policía

$ 42.077,00

$ 49.453,25

$ 56.829,50

Sueldos Básicos -en Pesos-

Jerarquía

A partir del 1° de septiembre de 2022

A partir del 1° de diciembre de 2022

Valor por Jerarquía

Comisario General

$ 161.743,45

$ 176.952,16

Comisario Mayor

$ 140.007,32

$ 153.172,19

Comisario Inspector

$ 125.877,57

$ 137.713,82

Comisario

$ 113.072,15

$ 123.704,31

Subcomisario

$ 101.266,21

$ 110.762,18

Oficial Principal

$ 80.899,14

$ 88.567,81

Oficial Inspector

$ 76.734,49

$ 84.084,84

Oficial Subinspector

$ 72.893,88

$ 79.947,31

Oficial Ayudante

$ 70.225,31

$ 77.087,32

Oficial Subayudante

$ 68.062,50

$ 75.675,00

Mayor

$ 101.872,61

$ 111.372,52

Capitán

$ 92.088,23

$ 100.675,74

Teniente 1ro

$ 76.532,91

$ 83.669,83

Teniente

$ 72.813,16

$ 79.678,40

Subteniente

$ 70.630,05

$ 77.378,22

Sargento

$ 68.862,45

$ 75.556,15

Oficial Policía

$ 67.156,25

$ 74.580,00

Anexo 2 - Servicio Penitenciario Bonaerense Decreto-Ley N°9578/80 - Sueldos Básicos

Jerarquía

Sueldos Básicos -en Pesos-

A partir del 1° de marzo de 2022

A partir del 1° de mayo de 2022

A partir del 1° de julio de 2022

Escalafón Cuerpo General

Inspector General

$ 104.288,31

$ 121.186,88

$ 138.085,45

Inspector Mayor

$ 90.273,38

$ 104.901,01

$ 119.528,64

Prefecto Mayor

$ 81.162,85

$ 94.314,24

$ 107.465,63

Prefecto, Subprefecto y Suboficial Mayor

$ 59.646,55

$ 69.188,22

$ 78.729,89

Alcaide Mayor, Alcaide y Suboficial Princip

$ 49.571,20

$ 57.501,11

$ 65.431,02

Subalcaide y Adjutor

$ 46.877,80

$ 54.505,85

$ 62.133,89

Sargento Ayudante

$ 45.136,95

$ 52.634,92

$ 60.132,89

Sargento Primero y Sargento

$ 43.575,13

$ 51.012,58

$ 58.450,02

Cabo Primero, Cabo y Guardia

$ 42.077,00

$ 49.453,25

$ 56.829,50

Cadete 2° Año

$ 29.178,16

$ 34.293,20

$ 39.408,23

Cadete 1° Año

$ 25.147,29

$ 29.555,70

$ 33.964,11

Escalafones Profesional y Técnico, Administrativo y Auxiliar

Inspector General

$ 104.288,31

$ 121.186,88

$ 138.085,45

Inspector Mayor

$ 90.273,38

$ 104.901,01

$ 119.528,64

Prefecto Mayor

$ 81.162,85

$ 94.314,24

$ 107.465,63

Prefecto y Subprefecto

$ 59.646,55

$ 69.188,22

$ 78.729,89

Alcaide Mayor y Alcaide

$ 49.571,20

$ 57.501,11

$ 65.431,02

Subalcaide, Adjutor y Suboficial Mayor

$ 46.877,80

$ 54.505,85

$ 62.133,89

Suboficial Principal y Sargento Ayudante

$ 45.136,95

$ 52.634,92

$ 60.132,89

Sargento Primero y Sargento

$ 43.575,13

$ 51.012,58

$ 58.450,02

Cabo Primero, Cabo y Guardia

$ 42.077,00

$ 49.453,25

$ 56.829,50

 

Jerarquía

Sueldos Básicos -en Pesos-

 

A partir del 1° de septiembre de 2022

A partir del 1° de diciembre de 2022

 

Escalafón Cuerpo General

Inspector General

$ 161.743,45

$ 176.952,16

 

Inspector Mayor

$ 140.007,32

$ 153.172,19

 

Prefecto Mayor

$ 125.877,57

$ 137.713,82

 

Prefecto, Subprefecto y Suboficial Mayor

$ 92.088,23

$ 100.675,74

 

Alcaide Mayor, Alcaide y Suboficial Princip

$ 76.532,91

$ 83.669,83

 

Subalcaide y Adjutor

$ 72.813,16

$ 79.678,40

 

Sargento Ayudante

$ 70.630,05

$ 77.378,22

 

Sargento Primero y Sargento

$ 68.862,45

$ 75.556,15

 

Cabo Primero, Cabo y Guardia

$ 67.156,25

$ 74.580,00

 

Cadete 2° Año

$ 46.569,29

$ 51.717,26

 

Cadete 1° Año

$ 40.135,89

$ 44.572,69

 

Escalafones Profesional y Técnico, Administrativo y Auxiliar

Inspector General

$ 161.743,45

$ 176.952,16

 

Inspector Mayor

$ 140.007,32

$ 153.172,19

 

Prefecto Mayor

$ 125.877,57

$ 137.713,82

 

Prefecto y Subprefecto

$ 92.088,23

$ 100.675,74

 

Alcaide Mayor y Alcaide

$ 76.532,91

$ 83.669,83

 

Subalcaide, Adjutor y Suboficial Mayor

$ 72.813,16

$ 79.678,40

 

Suboficial Principal y Sargento Ayudante

$ 70.630,05

$ 77.378,22

 

Sargento Primero y Sargento

$ 68.862,45

$ 75.556,15

 

Cabo Primero, Cabo y Guardia

$ 67.156,25

$ 74.580,00

Anexo 3 -  Servicio Penitenciario Bonaerense Decreto-Ley N°9578/80 - Bonificación Remunerativa No Bonificable

Jerarquía

Artículo del Decreto 385/2022, dispuesta por los artículos 1° y 3° del Decreto N° 2198/05

 

Suma fija por Escalafón y Jerarquía -en Pesos-

 

A partir del 1° de marzo de 2022

A partir del 1° de mayo de 2022

A partir del 1° de julio de 2022

 

Escalafón Cuerpo General

Con título

Inspector General

$ 191.516,82

$ 194.098,51

$ 196.680,20

 

Inspector Mayor

$ 140.374,45

$ 142.956,14

$ 145.537,83

 

Prefecto Mayor

$ 125.457,64

$ 128.039,33

$ 130.621,02

 

Prefecto, Subprefecto y Suboficial Mayor

$ 92.004,63

$ 94.586,32

$ 97.168,01

 

Alcaide Mayor, Alcaide y Suboficial Principal

$ 69.237,74

$ 71.819,43

$ 74.401,12

 

Subalcaide y Adjutor

$ 65.710,53

$ 68.292,22

$ 70.873,91

 

Sargento Ayudante

$ 64.193,49

$ 66.775,18

$ 69.356,87

 

Sargento Primero y Sargento

$ 63.220,54

$ 65.802,23

$ 68.383,92

 

Cabo Primero, Cabo y Guardia

$ 61.256,28

$ 63.837,97

$ 66.419,66

 

Sin título

Sargento Ayudante

$ 59.722,98

$ 62.124,88

$ 64.526,77

 

Sargento Primero y Sargento

$ 58.668,97

$ 61.064,79

$ 63.460,61

 

Cabo Primero, Cabo y Guardia

$ 57.634,45

$ 60.063,49

$ 62.492,53

 

Aspirantes de 1° y 2° Año

Cadete 2° Año

$ 6.942,58

$ 4.941,40

$ 2.940,22

 

Cadete 1° Año

$ 10.133,83

$ 8.766,90

$ 7.399,96

 

Escalafones Profesional y Técnico, Administrativo y Auxiliar

Inspector General

$ 138.364,73

$ 138.733,54

$ 139.102,36

 

Inspector Mayor

$ 101.726,67

$ 102.095,48

$ 102.464,30

 

Prefecto Mayor

$ 87.075,15

$ 87.443,96

$ 87.812,78

 

Prefecto y Subprefecto

$ 63.596,07

$ 63.964,88

$ 64.333,70

 

Alcaide Mayor y Alcaide

$ 41.657,44

$ 42.026,25

$ 42.395,07

 

Subalcaide, Adjutor y Suboficial Mayor

$ 39.932,88

$ 40.301,69

$ 40.670,51

 

Suboficial Principal y Sargento Ayudante

$ 38.911,46

$ 39.280,27

$ 39.649,09

 

Sargento Primero y Sargento

$ 38.219,31

$ 38.588,12

$ 38.956,94

 

Cabo Primero, Cabo y Guardia

$ 37.204,34

$ 37.573,15

$ 37.941,97

 

Jerarquía

Artículo 8° del Decreto N° 385/2022, dispuesta por los artículos 1° y 3° del Decreto N° 2198/05

Suma fija por Escalafón y Jerarquía -en Pesos-

A partir del 1° de septiembre de 2022

A partir del 1° de diciembre de 2022

Escalafón Cuerpo General

Con título

Inspector General

$ 200.294,56

$ 202.892,87

Inspector Mayor

$ 149.152,19

$ 151.750,50

Prefecto Mayor

$ 134.235,38

$ 136.833,69

Prefecto, Subprefecto y Suboficial Mayor

$ 100.782,37

$ 103.380,68

Alcaide Mayor, Alcaide y Suboficial Principal

$ 78.015,48

$ 80.613,79

Subalcaide y Adjutor

$ 74.488,27

$ 77.086,58

Sargento Ayudante

$ 72.971,23

$ 75.569,54

Sargento Primero y Sargento

$ 71.998,28

$ 74.596,59

Cabo Primero, Cabo y Guardia

$ 70.034,02

$ 72.632,33

Sin título

Sargento Ayudante

$ 67.889,42

$ 70.306,79

Sargento Primero y Sargento

$ 66.814,76

$ 69.226,00

Cabo Primero, Cabo y Guardia

$ 65.893,19

$ 68.337,88

Aspirantes de 1° y 2° Año

Cadete 2° Año

$ 138,57

$ 138,57

Cadete 1° Año

$ 5.486,26

$ 4.090,93

Escalafones Profesional y Técnico, Administrativo y Auxiliar

Inspector General

$ 139.618,69

$ 139.989,88

Inspector Mayor

$ 102.980,63

$ 103.351,82

Prefecto Mayor

$ 88.329,11

$ 88.700,30

Prefecto y Subprefecto

$ 64.850,03

$ 65.221,22

Alcaide Mayor y Alcaide

$ 42.911,40

$ 43.282,59

Subalcaide, Adjutor y Suboficial Mayor

$ 41.186,84

$ 41.558,03

Suboficial Principal y Sargento Ayudante

$ 40.165,42

$ 40.536,61

Sargento Primero y Sargento

$ 39.473,27

$ 39.844,46

Cabo Primero, Cabo y Guardia

$ 38.458,30

$ 38.829,49