DECRETO 946/2021

LA PLATA, 1 de Noviembre de 2021

VISTO el expediente EX-2021-05936020-GDEBA-OPNYAMDCGP del Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia, mediante el cual tramita la asignación de horas cátedra a Agustín BALBARREY, y

CONSIDERANDO:

Que por el presente se propicia la asignación de veinticuatro (24) horas cátedra a Agustín BALBARREY, en el Agrupamiento Ocupacional 17, Personal Docente - Carácter Provisional - Nivel de Enseñanza Media – Asignatura Comunicación, a partir del 15 de marzo de 2021, para prestar funciones en la Casa de Abrigo – La Plata;

Que sobre el particular se ha expedido la Junta de Clasificaciones mediante Acta Nº 037, con fecha 12 de marzo de 2021, estimando pertinente dar curso favorable a la presente gestión;

Que, a tales fines, se utilizará la vacante producida por la aceptación de la renuncia de Malena Lucrecia BERSI, instrumentada mediante Resolución N° 260/16 del entonces Ministerio de Desarrollo Social;

Que, conforme a la tipificación de la Casa de Abrigo – La Plata, corresponde otorgar a Agustín BALBARREY la bonificación establecida en el Decreto N° 6166/89 y sus modificatorios;

Que la Dirección de Enlace Administrativo informa el gasto y la imputación presupuestaria correspondientes;

Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que Contaduría General de la Provincia ha dictaminado favorablemente;

Que la presente gestión se efectúa de conformidad con los términos del artículo 107 de la Ley N° 10.579 -Estatuto del Docente de la Provincia de Buenos Aires- y de los artículos 18 y 19 del Decreto N° 6583/88, reglamentario de la Ley N° 10.648 -Carrera del Personal Docente de la Minoridad- y Decreto N ° 6166/89;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1º. Asignar en la Jurisdicción 1.1.1.18, Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia, Dirección Provincial de Educación, Supervisión y Articulación Interinstitucional, Dirección de Educación, Estudios y Planificación, en el Agrupamiento Ocupacional 17, Personal Docente - Carácter Provisional - Nivel de Enseñanza Media – Asignatura Comunicación -veinticuatro (24) horas cátedra, a partir del 15 de marzo de 2021, para desempeñarse en la Casa de Abrigo – La Plata, a Agustín BALBARREY (DNI N° 39.150.152 - Clase 1995), a quien se le otorga la bonificación establecida en el Decreto N° 6166/89 y sus modificatorios.

ARTÍCULO 2°. Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente gestión, con cargo a la partida presupuestaria que se detalla: Jurisdicción 1.1.1.18, Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, Unidad Ejecutora 203, PRG 015, SP 001, ACT 003, Finalidad 3, Función 2, Fuente de Financiamiento 1.1, Inciso 1, Partida Principal 2, Régimen Estatutario 02, Agrupamiento Ocupacional 17, Ubicación Geográfica 999, Presupuesto General Ejercicio 2021 - Ley N° 15.225.

ARTÍCULO 3°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Desarrollo de la Comunidad y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 4°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Andrés Larroque, Ministro; Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.