Fundamentos de la

Ley 10746

 

            El proyecto de ley de creación de la Caja de Seguridad Social para Veterinarios de la Provincia que se acompaña, es el resultado de un extendido proceso iniciado a raíz de la inquietud de los profesionales matriculados en el colegio respectivo, por obtener una adecuada cobertura de las contingencias sociales a que están expuestos como consecuencia de su ejercicio profesional, cobertura que en la actualidad se halla brindada insuficientemente por la Caja Nacional para Trabajadores autónomos.

            En la provincia de Buenos Aires, en una trayectoria que la ha llevado a marcar rumbos en la materia, existen diversos organismos similares al que se propicia, de modo que el trabajo ha seguido los lineamientos generales que caracterizan a estos entes públicos no estatales. Por tanto se han volcado en las normas respectivas las particularidades institucionales distintivas en orden al gobierno de la Caja por los propios profesionales interesados, como así el contralor de estos sobre el cometido del Directorio, por vía de la Asamblea de los Afiliados y de la Comisión Fiscalizadora.

            En el tema de las prestaciones se han previsto las clásicamente provisionales, y facultado a la citada Asamblea para la creación de otras, contemplando las exigencias en materia de aportación, antigüedad de servicios y edades mínimas, en los niveles acordes con los resultados de estudios actuariales que aseguran la viabilidad económico-financiera del sistema y su desarrollo en un marco de progresivo afianzamiento.

            Además de contemplar las normas las soluciones brindadas en los regímenes similares en vigencia en la Provincia, ha sido propósito de las autoridades del Colegio de Veterinarios, en su condición de institución impulsora de la creación de la Caja, que los matriculados tuvieran adecuada participación en su elaboración, a fin de interesarlos en una tarea cuyos resultados incidirán en sus propios intereses. De allí que mediante las consultas previas respecto a la viabilidad en sí de la creación del organismo, respondiendo prácticamente por la unanimidad de los profesionales en forma afirmativa, pasando por la divulgación de los diferentes anteproyectos en reuniones zonales, y culminando con la expresa aprobación por la Asamblea del Colegio en julio próximo pasado del proyecto, se ha materializado la política seguida para la preparación de un plexo normativo que cuenta con la mayoritaria conformidad de los médicos veterinarios actuantes en la Provincia.

            Resta señalar finalmente que algunas particularidades del proyecto tales como la representación zonal en la integración del Directorio, forma de aportación exclusivamente por la antigüedad en la matriculación, vocación pensionaria ampliada al viudo y a las relaciones de hecho, entre otras, son consecuencia de las expresas decisiones de la referida Asamblea de julio de 1985.

Al acompañar el texto aprobado, las autoridades del Colegio de Veterinarios de la Provincia, entienden han dado cumplimiento a uno de los objetivos prioritarios de su accionar, y lo han hecho del modo más idóneo para asegurar el debido cumplimiento de las normas a sancionar por los futuros afiliados, cual es propiciar una normativa que refleje las aspiraciones del sector comprendido, -en su calidad de exclusivo sostenedor económico del sistema.