Fundamentos de la

Ley 10340

 

La grave postergación de los requerimientos de la justicia social durante los años del proceso dictatorial, obliga a esta Democracia -con las modestias de los recursos materiales de que dispone- a dar respuesta perentoria a los sectores más necesitados; para quienes esta Honorable Legislatura sancionó la Ley de Pensiones Sociales, que tiene la particularidad de atacar el grave estado de necesidad de aquél sector, toda vez que ellos son la clase pasiva sin cobertura social ni posibilidades de acceder a algún tipo de ingreso que implique la satisfacción de las más mínimas necesidades.

La norma que se promueve apunta a generar el marco legal que posibilite dar respuestas inmediatas y no deja de lado los recaudos formales, que en las actuales circunstancias serán cubiertas con posterioridad al otorgamiento provisorio, y como condición para su otorgamiento definitivo. Mantener el actual estado de cosas, nos haría incurrir en los excesos rituales manifiestos, atacados por la Corte Suprema de Justicia Nacional en su jurisprudencia, incompatible con el adecuado servicio de la justicia social, a quien esta Democracia debe servir.