DEPARTAMENTO DE DESARROLLO HUMANO

DECRETO 1.647

La Plata, 28 de julio de 2004.

Visto: el expediente Nº 2146-10.028/98 y agregados relacionados con el CONVENIO oportunamente celebrado entre el ex CONSEJO NACIONAL DEL MENOR Y LA FAMILIA y el entonces MINISTERIO DE LA FAMILIA Y DESARROLLO HUMANO de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, y

CONSIDERANDO:

Que de los antecedentes obrantes en autos, surge que mediante el Convenio de referencia integrado por distintos Protocolos Adicionalees y aprobado por Decreto Nº 3886/95 y modificatorio Decreto Nº 679/97, se fijaron las bases para el debido tratamiento de los jóvenes en conflicto con la ley penal y con graves problemas de conducta mediante la implementación del Sistema Integrado Metropolitano - S.l.M. - a aplicarse en el ámbito de los Institutos Gregorio Aráoz Alfaro I y II;

Que en el marco de los citados instrumentos con fecha 22 de noviembre del año 2001 las autoridades correspondientes nacionales y provinciales, suscribieron un Protocolo Adicional con su Anexo el cual obra a fojas 261/264 en original y a fojas 318/322 en copia autenticada, estableciéndose en su Cláusula Primera que a partir de la fecha citada,...”El Consejo restituirá a LA PROVINCIA, las instalaciones del Instituto Gregorio Aráoz Alfaro I y II, en las condiciones, establecidas en la Cláusula 5º del Convenio del 31 de diciembre de 1996”;

Que asimismo, por la Cláusula Quinta LA PROVINCIA, se comprometió a abonar la deuda correspondiente a los meses de septiembre, octubre y noviembre del año 2001, hasta la suma total de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS OCHENTA ($ 286.780,00);

Que analizado lo actuado surge que el Acuerdo original con sus modificaciones se encuentra vigente, toda vez que el Protocolo Adicional suscripto no plantea expresamente la rescisión del Convenio citado, sino la cesación de las acciones por las que se implementó el Sistema ut-supra indicado;

Que en ese sentido, el Protocolo Adicional referenciado es válido toda vez que el mismo ha sido rubricado conforme a las facultades acordadas a los Organismos que lo celebraron, habiendo tenido sus Cláusulas principio de ejecución;

Que atento a ello, se hace necesario el dictado: del pertinente Decreto mediante el cual se convalide y apruebe el Instrumento en cuestión (conf. Art. 144 - proemio - de la Constitución Provincial);

Que en este sentido, se ha expedido favorablemente a fojas 302 y vuelta la Asesoría General de Gobierno y a fojas 304 y vuelta la Contaduría General de la Provincia;

Que a fojas 306/307 ha tomado vista el Señor Fiscal de Estado.

Que en esta instancia, procede hacer lugar a la gestión que se promueve;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Art. 1º Convalídase y apruébase el PROTOCOLO ADICIONAL de fecha 22 de noviembre del año 2001, suscripto entre el CONSEJO NACIONAL DE NIÑEZ,ADOLESCENCIA Y FAMILIA y el ex CONSEJO PROVINCIAL DEL MENOR actual SUBSECRETARIA DE MINORIDAD dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO, en el marco del CONVENIO oportunamente celebrado entre el ex CONSEJO NACIONAL DEL MENOR Y LA FAMILIA y el entonces MINISTERIO DE LA FAMILIA Y DESARROLLO HUMANO de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, tendiente a la implementación del SISTEMA INTEGRADO METROPOLITANO - S.l.M. -, cuya copia autenticada pasa a formar parte integrante del presente Decreto como Anexo I, por los motivos expuestos en los considerandos.

Art. 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro - Secretario en el Departamento de Desarrollo Humano.

Art. 3º.- Regístrese, notifíquese al señor Fiscal de Estado, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y pase al Ministerio de Desarrollo Humano, a sus efectos, Cumplido, archívese.

SOLA
J. P.Cafiero


ANEXO I

Disposición 1.238
Buenos Aires, 27 de diciembre de 2001.

VISTO: El Expediente Nº 1-1000-13.226/01, del registro de este Consejo Nacional; y

CONSIDERANDO:
Que por Disposiciones Nros. 1540/95 y 716/97 se protocolizaron los convenios con el Consejo Provincial del Menor de la Provincia de Buenos Aires.
Que por dichos actos se puso en funcionamiento el Sistema Integral Metropolitano (SIM)
Que actualmente resulta necesario establecer acciones tendientes al cese del Sistema citado en el considerando anterior.
Que por lo tanto es pertinente protocolizar el Protocolo Adicional firmado el 22 de noviembre de 2001.
Que el Servicio Jurídico Permanente de este Consejo Nacional ha tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa en uso de las facultades conferidas por art. 9º incs. a) y j) del Decreto Nº 1606/90 y Decreto Nº 295/01.

Por ello,

La Presidenta del Consejo Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia

DISPONE:

Artículo 1º - Protocolízase el Protocolo Adicional, celebrado entre este Consejo Nacional y el Consejo Provincial del Menor de la Provincia de Buenos Aires, que se agrega a la presente Disposición y forma parte integrante de la misma.
Artículo 2º - Regístrese, comuníquese y archívese.

María Orsenigo
Presidenta Consejo Nacional de Niñez,
Adolescencia y Familia

PROTOCOLO ADICIONAL

Entre el Consejo Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, representado por su Presidente, Sra. María Orsenigo, en adelante “El Consejo”, con domicilio en Presidente Perón 524, Capital Federal, por una parte, y por la otra el Consejo Provincial del Menor de la Provincia de Buenos Aires, acuerdan celebrar el presente con el objeto de establecer las acciones necesarias tendiente al cese del denominado “Sistema Integrado Metropolitano (SIM)” regulado por el Convenio del 3 de octubre de 1995 y sus Protocolos Adicionales Nº 1 y 2, todos suscritos entre el Consejo y el Ministerio de la Familia y Desarrollo Humano de la Provincia de Buenos Aires y el Convenio del 31 de diciembre de 1996 suscrito por el Consejo y el Consejo Provincial del Menor de la Provincia de Buenos Aires, conforme las siguientes cláusulas.
Primera: A partir de la suscripción del presente Protocolo Adicional El Consejo restituirá a La Provincia las instalaciones del Instituto Gregorio Aráoz Alfaro I y II, en las condiciones establecidas en la Cláusula 5º del citado Convenio del 31 de diciembre de 1996.
Asimismo, cesa el ingreso o el intercambio de vacantes de jóvenes en conflicto con la ley, provenientes de la Provincia a el Consejo.
Segunda: Los jóvenes asistidos dependientes del SIM atendidos en diversos Programas e Institutos de El Consejo que no hubieran egresado antes de la firma del presente, y cuyo listado se agrega como Anexo I, permanecerán en los programas de El Consejo hasta su egreso. Durante el plazo que permanezcan bajo la atención de El Consejo regirán las condiciones establecidas por el Convenio SIM y la suma diaria generada por cada joven se mantendrá en los valores establecidos en el Protocolo Adicional Nº 2.
Tercera: A partir del momento de la restitución del Instituto Gregorio Araoz Alfaro a La Provincia, el personal de planta permanente de El Consejo será trasladado a dependencias de éste.
Cuarta: El Consejo entregará a La Provincia el Instituto Gregorio Aráoz Alfaro I y II, y sus bienes muebles en el estado en que se encuentran en el momento de la devolución, haciéndose el correspondiente inventario.
A los fines de la entrega referida en la presenta cláusula se suscribirá el acta pertinente de transferencia el día veintitrés del corriente, representando a El Consejo el Sr. Horacio Petell, en su carácter de Director de Patrimonio y Suministro, y a La Provincia el Dr. Rogelio Lozano y/o el Lic. Ezequiel Sossi; quienes quedan facultados en este acto para la rúbrica del acta referida, la firma de los inventarios y los en última instancia mencionados, la toma de posesión por parte de La Provincia.
Quinta: La Provincia se compromete a abonar la deuda correspondiente a los meses de septiembre $ 128.960, (Pesos ciento veintiocho mil novecientos sesenta), octubre $ 112.970, (Pesos ciento doce mil novecientos setenta) y estimado hasta el 15 de noviembre de 2001 inclusive $ 44.850 (Pesos cuarenta y cuatro mil ochocientos cincuenta), ascendiendo actualmente a un total de $ 286.780 (Pesos doscientos ochenta y seis mil setecientos ochenta).
En prueba de conformidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en Buenos Aires, a los veintidos días del mes de noviembre de 2001.


ANEXO I

Leg.

Apellido y  Nombre

Fech. de Nac.

Fech. de Ing.

Juzgado

Destino

195

Ponce, Daniel Orlando

24-ene-87

13-feb-97

3La Matanza

Bno. Rivadavia

328

Meza, Alejandro Ernesto

24-oct-83

28-nov-00

1 Mercedes

Belgrano

401

Granadino, Sebastian Roberto

9-oct-84

17-may-01

1 Mar del Plata

Belgrano

454

Castro, Sebastian Gabriel

13-jun-84

12-ene-01

1 Morón

Belgrano

479

Gutierrez, Ramón Horacio

13-jun-85

11-abr-01

1 L. de Zamora

Rocca

486

Lugo, Victor Hugo

20-nov-83

4-may-01

2 L.  de Zamora

Belgrano

535

Anea, Nestor Manuel

23-ago-84

30-jun-00

1 Morón

Isla Silvia

537

Andriolo, Carlos Andrés

21-sep-86

18-ene-01

1 La Plata

San Martín

549

Mendoza, Raul Ricardo

1-ago-84

24-abr-01

3 La Plata

Rocca

563

Ortman, Luis Alberto

10-mar-84

5-jul-00

2 San Isidro

Belgrano

597

Acuña, Sergio David

2-feb-83

14-mar-00

2 Morón

Belgrano

599

Lopez, Julio Omar

30-nov-83

16-mar-00

2 Morón

Belgrano

606

Leon Barrios, Claudio José

1-abr-83

7-abr-00

2 L. de Zamora

Casa del Sur

615

Giaimo, Pablo Lucas

26-oct-81

19-abr-00

3 La Plata

Belgrano

619

Castañares, Pedro Rolando

26-jul-84

2-mar-01

1 Azul

Belgrano

632

Diaz, Gonzalo Rodrigo

10-feb-83

15-jun-00

1 San Martín

Belgrano

642

Concha, Daniel Alejandro

12-ago-85

1-jul-00

2 Quilmes

Isla Silvia

653

Flores, Nicolas David

23-may-84

10-ago-00

3 La Plata

Rocca

657

Balbi, Antonio Gaston

8-11-83

15-ago-00

3 San Isidro

Belgrano

667

Cordoba, Andres Sebastian

10-oct-84

15-sep-00

1 La Matanza

Rocca

668

Giles, Rodrigo Alberto

13-may-84

19-sep-00

3 Morón

Rocca

686

Correa, Cristian Omar

12-ago-84

20-abr-01

1 La Plata

Rocca

694

Alvarez, Isaias Miguel

18-feb-84

28-nov-00

1 San Isidro

Belgrano

698

Ferreira, Antonio Maximiliano

30-ago-83

30-nov-00

1 L. de Zamora

Belgrano

713

Reyes Palma, Manuel Humberto

15-dic-83

11-ene-01

3 San Isidro

Belgrano

718

Romero, Walter David

21-oct-84

23-ene-01

1 Lomas de Zamora

Rocca

719

Dure, Miguel Angel

18-abr-84

24-ene-01

1 La Plata

Rocca

720

Tejeda, Raul Alberto

10-feb-85

26-abr-01

3 La Plata

Rocca

728

Lacomba, Luis Alberto

9-feb-84

19-feb-01

1 San Isidro

Rocca

730

Diz, Sebastian Ernesto

18-dic-84

27-feb-01

1 L. de Zamora

Rocca

734

Martínez, Gabriel Claudio

24-dic-83

1-mar-01

3 San Isidro

Rocca

735

Puentes, Ramón Omar

13-jul-84

2-mar-01

2 San Isidro

Rocca

738

Torres, Claudio Alejandro

10-sep-84

5-mar-01

1 Mercedes

Rocca

747

Toloza, Luciano Hernán

26-sep-84

5-mar-01

1 Morón

Belgrano

748

Rodríguez Miguel Cristian Ariel

27-ene-84

16-mar-01

1 Zárate Campana

Rocca

751

Cairo Horacio Claudio

21-jun-83

22-mar-01

2 L. de Zamora

Belgrano

752

Peña Ruben Dario

11-oct-83

22-mar-01

2 L. de Zamora

Belgrano

757

Pergolesi, Adrian Matias

24-jul-83

3-abr-01

2 L. de Zamora

Belgrano

759

Avalos, Ivan David

26-dic-84

4-abr-01

3 Morón

Isla Silvia

762

Alegre, Mariano Ramón

26-feb-85

24-abr-01

3 L. de Zamora

Rocca

765

Diaz, Miguel Angel

18-may-86

4-may-01

1 Mercedes

Rocca

766

Arias, Luis Gabriel

20-oct-85

14-may-01

1 Quilmes

Rocca

770

González, Leandro Enrique

26-sep-83

10-jul-01

1 San Martin

Belgrano

771

Pérez, Gustavo Damian

23-abr-86

18-sep-01

1 L. de Zamora

Casa del Sur