Decreto 1806/2019

La Plata, 9 de diciembre de 2019

VISTO el expediente Nº 2319-17.398/16 del Instituto Provincial de Lotería y Casinos, por el cual Andrés CILLEY solicita la ubicación en el agrupamiento personal jerárquico, personal de apoyo, categoría 24, de conformidad con el del artículo 171 de la Ley Nº 10.430, y

CONSIDERANDO:

Que Andrés CILLEY solicita la ubicación en el agrupamiento ocupacional personal jerárquico, categoría 24, personal de apoyo, previsto en el artículo 171 de la Ley N° 10.430 (texto ordenado por Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario N° 4161/96 (fojas 14);

Que a tal efecto invoca el Decreto N° 1506/09, por el cual se lo designó en el cargo de Director de Sistemas del Instituto Provincial de Lotería y Casinos, a partir del 11 de agosto de 2009;

Que por Decreto N° 11/16 se le aceptó la renuncia, a partir del 11 de diciembre de 2015;

Que la Dirección de Servicios Técnicos y Administrativos del Instituto Provincial de Lotería y Casinos, certifica que Andrés CILLEY, al 11 de diciembre de 2015, registraba una antigüedad de treinta y un (31) años, nueve (9) meses y veintinueve (29) días en la administración pública provincial;

Que el peticionante revista en un cargo del agrupamiento profesional, profesional informático “A”, categoría 21, código 5-0260-I-A, con un régimen de treinta 30) horas semanales de labor en la Dirección de Servicios Técnicos y Administrativos del Instituto Provincial de Lotería y Casinos;

Que la Dirección Provincial de Sistemas de Información y Tecnologías prestó conformidad al movimiento, y expresó que el interesado debería ser reubicado en el cargo pretendido, con el rol personal de apoyo en infraestructura tecnológica, de conformidad con el Decreto N° 875/16 y la Disposición N° 2812/09 de la entonces Dirección Provincial de Personal;

Que a fin de hacer efectiva la medida corresponde transformar el propio cargo del interesado, de conformidad con el artículo 17 inciso 1° de la Ley N° 15.078 y el Decreto N° 1/19;

Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Relaciones Laborales, dependiente de la Subsecretaría de Capital Humano del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, Asesoría General de Gobierno, la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda, del Ministerio de Economía y la Contaduría General de la Provincia;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 – proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Efectuar dentro del Presupuesto General Ejercicio 2019 -Ley Nº 15.078- Sector Público Provincial no Financiero –Administración Provincial- Organismos Descentralizados no Consolidados- Jurisdicción 11407 Entidad 020 –Instituto Provincial de Lotería y Casinos- Unidad Ejecutora 323- Ubicación Geográfica 999- Provincia de Buenos Aires, la siguiente transferencia de un cargo, de acuerdo con el siguiente detalle:

DÉBITO:

Programa 1 – Actividad 1 - Finalidad 3 – Función 2 – Fuente 1 - Financiamiento 2 – Inciso 1 Principal 1 - Régimen Estatutario 01 - Agrupamiento Ocupacional 05: Profesional 1 cargo CRÉDITO:

Programa 1 – Actividad 1 - Finalidad 3 – Función 2 – Fuente 1 - Financiamiento 2 – Inciso 1 Principal 1 - Régimen Estatutario 01 - Agrupamiento Ocupacional 06: Jerárquico 1 cargo

ARTÍCULO 2°. Ubicar, a partir del 11 de diciembre de 2015 en la Jurisdicción 11407 – MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - Entidad 020 - INSTITUTO

PROVINCIAL DE LOTERÍA Y CASINOS- Dirección Provincial de Administración y Finanzas- a Andrés CILLEY (DNI. 16.178.558 – Clase 1962), en un cargo del agrupamiento jerárquico, oficial principal 1º, categoría 24, personal de apoyo en infraestructura tecnológica, quien revista en la planta permanente de la Ley N° 10.430, en un cargo de agrupamiento profesional, categoría 21, profesional informático “A”, con un régimen de treinta (30) horas semanales de labor, de conformidad con el artículo 171 de la Ley Nº 10.430 (texto ordenado por Decreto Nº 1869/96), a quien se le acuerda el adicional por disposición permanente previsto en el artículo 25 inciso h) del citado cuerpo normativo.

ARTÍCULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 07- Entidad 20- Programa 1 – Actividad 1 – Finalidad 3 - Función 2 - Fuente 1 - Financiamiento 2– Inciso 1 - Principal 1 Régimen Estatutario 01- Agrupamiento Ocupacional 6 –Jerárquico – un (1) cargo - Presupuesto General Ejercicio 2019 - Ley Nº 15.078.

ARTICULO 4°. Dejar establecido que quedará pendiente la modificación del plantel básico del Instituto Provincial de Lotería y Casinos.

ARTÍCULO 5º. El presente decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 6°. Registrar, comunicar dentro de los diez (10) días posteriores a su dictado, a la Dirección Provincial de Presupuesto Público del Ministerio de Economía, a la Contaduría General de la Provincia y al Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros. Dar al Boletín Oficial.Cumplido, archivar.

Federico Salvai, Ministro; María Eugenia Vidal, Gobernadora