Fundamentos de la Ley 12477

 

 

HONORABLE LEGISLATURA:

 

Someto a consideración de Vuestra Honorabilidad el proyecto de ley adjunto mediante el cual se aprueba el convenio suscripto entre los gobernadores de las provincias de Córdoba, Santa Fe y Buenos Aires, en los términos del artículo 103 inciso 9) de la Constitución de la Provincia.

El acuerdo, suscripto en ejercicio de la prerrogativa que acuerda a este Poder Ejecutivo el artículo 144 inciso 10 del texto constitucional, crea la Comisión Interjurisdiccional de la Cuenca de la Laguna La Picasa para la consecución de un manejo armónico, coordinado y racional de los recursos hídricos comunes y la gestión eficiente y global de la cuenca hídrica con unidad de planificación.

Se trata de un área geográfica de interés común abarcativa de la cuenca de la laguna aludida y de su zona de drenaje.

La comisión tiene por objeto, además de los expresados, resolver la problemática de las inundaciones, anegamientos y sequías que afectan cíclicamente a la región y las acciones de mitigación de la emergencia hídrica actual.

Queda debidamente resguardada en el convenio suscripto la integridad de los estados signatarios que no podrá ser afectada por acciones de la comisión.

En la convicción de que el acuerdo cuya aprobación se propicia por la presente iniciativa provee simultáneamente y de manera eficaz a la actual emergencia y al futuro manejo planificado y racional de los recursos hídricos de la cuenca de la laguna La Picasa, es que se solicita de ese Honorable Cuerpo la pronta sanción del proyecto adjunto

Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.