Provincia de Buenos Aires
AGENCIA DE RECAUDACIÓN
DIRECCIÓN EJECUTIVA
Resolución Normativa N° 18/17
La Plata, 3 de abril de 2017.
Visto el expediente Nº 22700-9301/17y las facultades otorgadas a esta Agencia de Recaudación por la Ley N° 13.766 y su Decreto reglamentario Nº 3.151/08; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 13.766 de creación de esta Agencia de Recaudación se estableció en su artículo 9 inciso h) la facultad y obligación del Director Ejecutivo de delegar facultades de su competencia en el personal superior de la Agencia;
Que a los efectos de otorgar una mayor celeridad a la resolución de los trámites en materia de recursos humanos con el objeto de incrementar la eficacia e inmediatez de la gestión, resulta pertinente establecer la delegación de facultades en dicha materia en el Subdirector Ejecutivo de Administración y Tecnología;
Que a los efectos de garantizar la uniformidad de criterios la Subdirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos, a través de la Gerencia General de Coordinación Jurídica o de la Gerencia de Coordinación Jurídica Administrativa deberá, emitir opinión jurídica con carácter previo a la suscripción de los actos administrativos que resuelvan trámites en el uso de las facultades que aquí se delegan;
Que asimismo se propicia delegar la facultad de autorizar la constitución o apertura de cajas chicas, determinar los responsables de las mismas y/o modificar los montos asignados indistintamente en el Subdirector Ejecutivo de Administración y Tecnología y en el Gerente General de Administración;
Que la delegación pretendida otorgaría una mayor celeridad a los trámites relacionados con las cajas chicas del organismo y descentralizar cuestiones operativas relacionadas con las mismas;
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9º inciso h) de la Ley 13.766; Decreto Nº 3.151/08; artículo 78 de la Ley Nº 13.767 y Decreto Nº 3.260/08;
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
RESUELVE:
ARTICULO 1º. Delegar en el Subdirector Ejecutivo de Administración y Tecnología las siguientes facultades, conforme lo previsto por la Ley Nº 10.430 y su Decreto reglamentario Nº 4.161/96:
1) Otorgar las licencias previstas en los artículos 58 y 60.
2) Otorgar los permisos previstos en los artículos 62 y 63 y por el plazo máximo previsto en la reglamentación.
3) Disponer cambios de agrupamiento conforme lo establecido por el artículo 162.
4) Disponer las reubicaciones del artículo 171 únicamente del personal que reviste en la planta permanente de esta Agencia.
5) Autorizar, dentro del ámbito de la Agencia de Recaudación, reubicaciones, comisiones y traslados de conformidad a los artículos 21, 22 y 24.
6) Disponer cambio de régimen horario para su adecuación al general vigente de la Agencia.
ARTÍCULO 2°. Delegar en el Subdirector Ejecutivo de Administración y Tecnología, en el marco de las reubicaciones que disponga en ejercicio de las potestades que se le delegan por el artículo 1° de la presente, en el mismo acto y previo cumplimiento de las instancias pertinentes, la facultad de autorizar los pagos de capital y, en su caso, reconocer y autorizar el pago de intereses.
ARTÍCULO 3º. Dejar establecido que previo a la suscripción de los actos administrativos en uso de las facultades que se delegan por la presente, deberá requerirse opinión jurídica previa de la Gerencia General de Coordinación Jurídica o de la Gerencia de Coordinación Jurídica Administrativa.
ARTÍCULO 4°. Delegar indistintamente en el Subdirector Ejecutivo de Administración y Tecnología y en el Gerente General de Administración, la facultad de autorizar la constitución o apertura de cajas chicas, determinar sus responsables y/o modificar los montos asignados por dicho concepto.
ARTÍCULO 5°. Derogar la Resolución Normativa N° 27/16 y el artículo 5° de la Resolución Normativa N° 40/16.
ARTICULO 6º. La presente Resolución Normativa entrará en vigencia a partir del 3 de abril de 2017.
ARTICULO 7º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Gastón Fossati
Director Ejecutivo
C.C. 4311