Decreto 450/2020

La Plata, 4 de junio de 2020

VISTO el expediente EX-2020-05051532-GDEBA-HZGAEPMSALGP del Ministerio de Salud, por el cual se gestiona la aceptación de la renuncia de Alejandro CICCHETTI al cargo de Director Asociado en el Hospital Zonal General de Agudos “Evita Pueblo” de Berazategui, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, y la designación en su reemplazo, a partir del 4 de febrero de 2020, del Médico Martín Enrique GARAYCOECHEA, y

CONSIDERANDO:

Que Alejandro CICCHETTI presentó, a partir del 3 de febrero de 2020, su renuncia como Director Asociado, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, en el Hospital Zonal General de Agudos “Evita Pueblo” de Berazategui, quien había sido designado por Decreto N° 1717/18;

Que la presente situación se encuentra contemplada en lo establecido por el artículo 14 inciso b) de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96, en concordancia con el artículo 45 inciso b) de la Ley Nº 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley Nº 10.528;

Que la Dirección Provincial de Personal informó que el agente saliente no registra sumario administrativo pendiente de resolución;

Que es procedente limitar, a partir del 3 de febrero de 2020, los alcances del artículo 2° del Decreto N° 1717/18, dejando establecido que el profesional citado retomará su cargo de revista como Médico de Hospital “C” – Especialidad: Hematología, en el Hospital Zonal General de Agudos “Evita Pueblo” de Berazategui, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, manteniendo el régimen horario de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, de acuerdo a lo establecido por el artículo 17 de la Reglamentación de la Ley N° 10.471, aprobada por Decreto N° 3589/91;

Que, en consecuencia, se gestiona la designación, a partir del 4 de febrero de 2020, delMédico Martín Enrique GARAYCOECHEA como Director Asociado, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, en el Hospital Zonal General de Agudos “Evita Pueblo” de Berazategui, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud;

Que las funciones de Director Asociado integran la Carrera Profesional Hospitalaria en virtud de lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1º de la Ley Nº 10.528,

Que la designación propiciada se efectúa a partir de fecha cierta, en virtud de la excepción prevista en el último párrafo del artículo 3° del Decreto N° 99/2020, modificatorio del artículo 11 del Decreto N° 272/17 E;

Que en virtud del trámite propiciado, Martín Enrique GARAYCOECHEA reserva el cargo que posee como Médico de Hospital “C” - Especialidad: Clínica Quirúrgica– con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor, en el Hospital Zonal General de Agudos “Evita Pueblo” de Berazategui, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, mientras se desempeñe como Director Asociado del establecimiento citado, de conformidad con lo determinado por el artículo 23 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, en concordancia con el artículo 33 de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528;

Que, asimismo, es procedente dejar establecido que la Dirección Provincial de Hospitales, en su rol de Autoridad de Aplicación a los fines previstos en el artículo 3° del Decreto-Ley N° 8078/73, Texto según Ley N° 13.644, ha hecho lugar a la solicitud de excepción de incompatibilidad realizada por Martín Enrique GARAYCOECHEA, con relación al cargo que ostenta en el Hospital de Alta Complejidad en Red El Cruce “Dr. Néstor Carlos Kirchner” de Florencio Varela;

Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Aceptar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, a partir del 3 de febrero de 2020, la renuncia presentada por Alejandro CICCHETTI (DNI N° 16.223.278 – Clase 1962), como Director Asociado del Hospital Zonal General de Agudos “Evita Pueblo” de Berazategui, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, quien había sido designado por Decreto N° 1717/18, de acuerdo a lo establecido por el artículo 14 inciso b) de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96, en concordancia con el artículo 45 inciso b) de la Ley Nº 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley Nº 10.528.

ARTÍCULO 2°. Limitar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, a partir del 3 de febrero de 2020, los alcances del artículo 2° del Decreto N° 1717/18, dejando establecido que el profesional citado en el artículo precedente, retomará su cargo de revista como Médico de Hospital “C” – Especialidad: Hematología, en el Hospital Zonal General de Agudos “Evita Pueblo” de Berazategui, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, manteniendo el régimen horario de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, de acuerdo a lo establecido por el artículo 17 de la Reglamentación de la Ley N° 10.471, aprobada por Decreto N° 3589/91.

ARTÍCULO 3º. Designar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, a partir del 4 de febrero de 2020, como Director Asociado, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor en el Hospital Zonal General de Agudos “Evita Pueblo” de Berazategui, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, al Médico Martín Enrique GARAYCOECHEA (DNI N° 11.683.916 – Clase 1956), de conformidad con lo establecido por el artículo 8° de la Ley N° 10471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528.

ARTÍCULO 4°. Reservar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, a partir del 4 de febrero de 2020, el cargo que posee el profesional mencionado en el artículo precedente como Médico de Hospital “C” - Especialidad: Clínica Quirúrgica, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor, en el Hospital Zonal General de Agudos “Evita Pueblo” de Berazategui, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, mientras se desempeñe como Director Asociado del establecimiento citado, de conformidad con lo determinado por el artículo 23 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, en concordancia con el artículo 33 de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528.

ARTÍCULO 5°. Dejar establecido que la Dirección Provincial de Hospitales, en su rol de Autoridad de Aplicación a los fines previstos en el artículo 3° del Decreto-Ley N° 8078/73, Texto según Ley N° 13.644, ha hecho lugar a la solicitud de excepción de incompatibilidad efectuada por Martín Enrique GARAYCOECHEA (DNI N° 11.683.916 – Clase 1956), con relación al cargo que posee en el Hospital de Alta Complejidad en Red El Cruce “Dr. Néstor Carlos Kirchner” de Florencio Varela.

ARTÍCULO 6º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 7º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

Daniel Gustavo Gollán, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; Axel Kicillof, Gobernador