DECRETO 115/2020
LA PLATA, 27 de febrero de 2020.
VISTO el EX-2020-00158175-GDEBA-DGAADA, del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, mediante el cual se propicia la designación del Bioquímico Oscar Juan DEINA en el cargo de Vocal del Directorio de la Autoridad del Agua, y
CONSIDERANDO:
Que por DECTO-2018-167-GDEBA-GPBA se aprobó la estructura orgánico-funcional de la Autoridad del Agua;
Que el artículo 6° del citado Decreto determina que el Directorio de la Autoridad del Agua estará conformado por un Presidente, un Vicepresidente y dos Vocales, con remuneración equiparada al cargo de Subsecretario;
Que mediante DECTO-2019-1818-GDEBA-GPBA se aceptaron, a partir del 10 de diciembre de 2019, las renuncias presentadas por Carlos Fabián MAZZANTI al cargo de Vocal del Directorio, en el que había sido designado por Decreto N° 500/16; y de Lucas José MALBRÁN al cargo de Vocal del Directorio, en el que había sido designado por DECTO-2018-309-GDEBA-GPBA.
Que se propicia la designación, a partir del 1° de enero de 2020, del Bioquímico Oscar Juan DEINA en el cargo de Vocal del Directorio de la Autoridad del Agua, ante la vacante surgida a raíz de la renuncia de Lucas José MALBRÁN;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Designar en la Jurisdicción 1.1.1.14 Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, a partir del 1° de enero de 2020, como Vocal del Directorio de la Autoridad del Agua, al Bioquímico Oscar Juan DEINA (DNI N° 20.496.306 - Clase 1968), con rango y remuneración equivalente a Subsecretario.
ARTÍCULO 2°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Infraestructura y Servicios Públicos y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Agustín Pablo Simone Carlos Alberto Bianco
Ministro de Infraestructura y Ministro de Jefatura de
Servicios Públicos Gabinete de Ministros
Axel Kicillof
Gobernador