Provincia de
Buenos Aires
MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución N°
2.365
VISTO el expediente No 21100-217.433/08, y
CONSIDERANDO:
Que
Que resulta necesario actualizar la registración de empresas prestadoras de
servicios de seguridad privada y de los sostenedores de servicios de serenos
particulares, a efectos de ejercer un eficiente control sobre los mismos;
Que es atribución de
Que se impone lanzar un programa de reempadronamiento
que permita depurar y actualizar el padrón de empresas prestadoras de servicios
de seguridad privada y de sostenedores de servicios de serenos particulares
habilitados;
Que esa depuración y actualización del padrón no resulta necesaria para las
empresas habilitadas a partir del 2 de enero de 2008;
Que dicho programa tendrá carácter obligatorio y gratuito para todos los
prestadores habilitados, debiendo
Que ha tomado debida intervención
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los
artículos 9° y 19 de
Por ello,
EL MINISTRO DE SEGURIDAD DE
ARTICULO 1º - Establecer
el reempadronamiento obligatorio y gratuito de las
empresas prestadoras de servicios de seguridad privada y de los sostenedores de
servicios de serenos particulares habilitados ante
ARTICULO 2º - Exceptuar de la obligación de reempadronamiento
a aquellas empresas prestadoras de servicios de seguridad privada y de
sostenedores de servicios de serenos particulares habilitados con posterioridad
al 2 de enero de 2008.
ARTICULO 3º - Determinar a través de
ARTICULO 4º - Disponer su entrada en vigencia, a partir del quinto día hábil de
publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 5º - Registrar, comunicar, notificar a
Carlos Ernesto Stornelli
Ministro de Seguridad
C.C. 8.947