Provincia de Buenos Aires

DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION
Resolución 7345

La Plata, 6 de diciembre de 2005.

VISTO el Expediente 5801-795.006/05; y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución N° 63/97 del Consejo Federal de Cultura y Educación y la RESOLUCIÓN N° 3288/03 de esta Dirección General de Cultura y Educación son el marco normativo para la Certificación para Profesionales y Técnicos Superiores
Que la Resolución N° 63/97 del Consejo Federal de Cultura y Educación aprueba el Documento A-14 “Transformación Gradual y Progresiva de la Formación Docente Continua”, en el cual se establecen las bases para la organización curricular de las carreras y los títulos docentes que se otorgarán;

Que en el Documento mencionado en el considerando precedente se establece la Certificación para Profesionales y Técnicos Superiores (EGB3, Polimodal y TTP) como instancia formativa que acredita la formación general pedagógica y la formación especializada;

Que en cumplimiento de la citada Resolución del Consejo Federal de Cultura y Educación, esta jurisdicción ha emitido la Resolución N° 3288/03, por la cual se aprobó la propuesta curricular de la Certificación para Profesionales y Técnicos Superiores (EGB3, Polimodal y TTP);

Que por Resolución 3288 del 11 de agosto de 2003 se derogaron los planes preexistentes de Capacitación Docente mediante los cuales se daba satisfacción a la necesidad de ofrecer una formación docente a Profesionales y Técnicos egresados del Nivel Superior Universitario y no Universitario;

Que en ciclos anteriores a 2003 fueron homologados a Capacitación Docente y a Postítulo de Formación Docente diversos títulos correspondientes a carreras de formación docente implementadas por instituciones no dependientes de la Dirección General de Cultura y Educación;

Que, habiéndose derogado los diseños correspondientes a Capacitación Docente, pierde vigencia la homologación mencionada;

Que el cese de dicha homologación resulta procedente para garantizar equidad en la formación de los recursos humanos que se habilitan para el ingreso en la docencia;

Que se hace necesario resguardar los derechos adquiridos por alumnos actualmente cursantes en los planes homologados a Capacitación Docente, motivo por el cual corresponde otorgar un lapso razonable para la culminación de dichos cursos, en directa relación con la duración de los estudios en cuestión;

Que el Consejo General de Cultura y Educación aprobó el despacho de la Comisión de Diseños Curriculares en Sesión de fecha 1º-XII-05 y aconseja el dictado del correspondiente acto resolutivo;


Que en uso de las facultades conferidas por el Artículo 33 inc. u) de la Ley 11.612, resulta viable el dictado del pertinente acto resolutivo;

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION,

RESUELVE:

ARTICULO 1°: Derogar toda homologación de títulos con planes de estudio de Capacitación Docente y de Postítulo de Formación Docente, para todos los niveles y modalidades de la enseñanza.

ARTICULO 2°: Establecer que la Dirección de Tribunales de Clasificación aceptará los títulos ya homologados con la condición de que los mismos se hubieren emitido antes del 31 de diciembre de 2007.

ARTICULO 3°: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el señor Vicepresidente 1° del Consejo General de Cultura y Educación.

ARTICULO 4°: Registrar esta Resolución que será desglosada para su archivo en la Dirección de Coordinación Administrativa, la que en su lugar agregará copia autenticada de la misma; comunicar al Departamento Mesa General de Entradas y Salidas; notificar al Consejo General de Cultura y Educación; a la Subsecretaría de Educación; a la Dirección Provincial de Educación de Gestión Estatal; a la Dirección Provincial de Educación de Gestión Privada y a la Dirección de Tribunales de Clasificación. Cumplido, archivar.

Prof. Mario Oporto

Director General de Cultura y Educación

Provincia de Buenos Aires

C.C. 5.140