Derogado por Decreto N° 1256/2020.
DEPARTAMENTO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
DECRETO 1.531
La Plata, 2 de septiembre de 2010.
VISTO que por Expediente Nº 21100-960.894/10, el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Buenos Aires ha propiciado la modificación del Decreto Nº 2052/98 que crea el Fondo Permanente de Recompensas proponiendo la ampliación de los hechos que podrán ser incorporados al sistema, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1º del citado decreto creó el Fondo Permanente de Recompensas destinado a aquellas personas que brinden datos tendientes a esclarecer los hechos de homicidios dolosos u homicidios en ocasión de otro delito doloso o a la individualización de sus autores, cómplices, encubridores o instigadores prófugos de la justicia;
Que puede mencionarse como antecedente la derogada Ley Nacional Nº 25.765 y su modificatoria (Decreto Nº 225/05) así como su similar vigente Ley Nº 26.538 la cual establece puntualmente que serán beneficiarios de recompensa quienes brinden datos útiles para lograr la libertad de la víctima o la aprehensión de quienes hubiesen tomado parte en la ejecución de los delitos de privación ilegal de la libertad calificada (artículo 142 bis del Código Penal); secuestro extorsivo (artículo 170 del Código Penal); sustracción de menores (artículo 146 del Código Penal), violación (artículo 119 y subsiguientes del Código Penal), robo a entidades bancarias o en el encubrimiento de todos aquéllos (artículo 277 del Código Penal);
Que en el ámbito provincial corresponde citar como antecedentes las desapariciones de Jorge Julio López y Luis Ángel Gerez, casos en los cuales el Poder Ejecutivo ofreció públicamente recompensas para sus esclarecimientos (Decreto Nº 2441/06 y sus modificatorios y Decreto Nº 3580/06 sustituido por su similar Nº 14/07, respectivamente);
Que el Registro de Recompensas llevado ante la Dirección General de Registro de Personas Desaparecidas dependiente de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad creado por Resolución Nº 2390/07 revela la existencia de tramitaciones vinculadas a otros fenómenos delictivos graves no abarcados por el Decreto Nº 2052/98;
Que desde la creación del Fondo en cuestión se ha comprobado que el ofrecimiento público de recompensa constituye una herramienta más de la investigación cuando la complejidad del hecho impide la obtención de la información;
Que a la fecha ha resultado eficaz el ofrecimiento de recompensas en el esclarecimiento y/o captura de prófugos imputados en hechos delictivos realizados bajo una estructura organizada con alta capacidad logística y operativa, donde se había creado un manto de silencio generado por los propios delincuentes para asegurar su virtual impunidad;
Que en razón de ello, deviene oportuno y conveniente extender los alcances del sistema de recompensas públicas extendiéndolo a hechos como los citados precedentemente;
Que han tomado intervención Asesoría General de Gobierno y Fiscalía de Estado;
Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
ARTÍCULO 1°. Ampliar los alcances del artículo 1º del Decreto Nº 2052/98 estableciendo que el Fondo Permanente de Recompensas será destinado a abonar recompensas ofrecidas públicamente para contribuir al esclarecimiento de hechos de homicidios dolosos u homicidios en ocasión de otro delito doloso o a la individualización de sus autores, cómplices, encubridores o instigadores prófugos de la justicia como así también para hechos delictivos que por su gravedad y/o complejidad así lo justifiquen.
ARTÍCULO 2°. El presente decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Justicia y Seguridad.
ARTÍCULO 3°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar a la Excelentísima Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires y a la Procuración General de la Provincia, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Pasar al Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archivar.
Ricardo Casal Daniel Osvaldo Scioli
Ministro de Justicia y Seguridad Gobernador