LEY 7042
Otórgase subsidio a la entidad denominada Institución de Ayuda al Niño Irregular (I.D.A.N.I.).
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Otórgase a la entidad llamada Institución de Ayuda al Niño Irregular (I.D.A.N.I.), de la Ciudad de La Plata, en calidad de subsidio, la cantidad de quince millones de pesos moneda nacional ($ 15.000.000 m/n), como aporte del Estado a la construcción, por parte de dicha institución, del Internado de Niños Irregulares referido por Ley 6883.
ARTÍCULO 2.- Los fondos para atender el gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, se imputarán al Anexo XIII “Crédito para el cumplimiento de Leyes Especiales”, del Presupuesto de Capital.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.