LEY 7042

 

Otórgase subsidio a la entidad denominada Institución de Ayuda al Niño Irregular (I.D.A.N.I.).

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Otórgase a la entidad llamada Institución de Ayuda al Niño Irregular (I.D.A.N.I.), de la Ciudad de La Plata, en calidad de subsidio, la cantidad de quince millones de pesos moneda nacio­nal ($ 15.000.000 m/n), como aporte del Estado a la construcción, por parte de dicha institución, del Internado de Niños Irregulares re­ferido por Ley 6883.

 

ARTÍCULO 2.- Los fondos para atender el gasto que demande el cum­plimiento de la presente Ley, se imputarán al Anexo XIII “Crédito para el cumplimiento de Leyes Especiales”, del Presupuesto de Ca­pital.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.