DEROGADA POR LEY 9712

 

LEY 7097

 

Autorízase al Poder Ejecutivo a donar al Poder Ejecutivo Nacional dos fracciones de tierra ubicadas en la Ciudad de Necochea, partido del mismo nombre.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a donar al Poder Ejecutivo Nacional, dos fracciones de tierra ubicadas en la Ciudad de Neco­chea, partido del mismo nombre, designadas catastralmente como: Circunscripción I, Sección B, Manzana 139, Parcela 6, con una su­perficie de 372,6837 m2 y 271,5093 m2 de la parcela 5 que complementa la cesión parcial efectuada por Ley 3950, inscripto en el Registro de la Propiedad al folio 192, serie A, del año 1898, Departamento de Dolores, a nombre de la Provincia de Buenos Aires.

 

ARTÍCULO 2.- Los terrenos indicados en el artículo 1º, serán destina­dos exclusivamente a la ampliación del edificio de Correos y Tele­comunicaciones de la Nación.

 

ARTÍCULO 3.- Derógase la Ley 6844.

 

ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.