DEROGADA POR LEY 9712
LEY 7097
Autorízase al Poder Ejecutivo a donar al Poder Ejecutivo Nacional dos fracciones de tierra ubicadas en la Ciudad de Necochea, partido del mismo nombre.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a donar al Poder Ejecutivo Nacional, dos fracciones de tierra ubicadas en la Ciudad de Necochea, partido del mismo nombre, designadas catastralmente como: Circunscripción I, Sección B, Manzana 139, Parcela 6, con una superficie de 372,6837 m2 y 271,5093 m2 de la parcela 5 que complementa la cesión parcial efectuada por Ley 3950, inscripto en el Registro de la Propiedad al folio 192, serie A, del año 1898, Departamento de Dolores, a nombre de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2.- Los terrenos indicados en el artículo 1º, serán destinados exclusivamente a la ampliación del edificio de Correos y Telecomunicaciones de la Nación.
ARTÍCULO 3.- Derógase la Ley 6844.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.