DECRETO 2324/00

 

LA PLATA, 6 de julio de 2000.

 

VISTO el Decreto Nº 717/98 por el cual se aprueba la estructura organizativa del Consejo de la Magistratura y se establecen las funciones y responsabilidades que competen a las dependencias que la integran y;

 

CONSIDERANDO:

 

Que la experiencia ha revelado la necesidad de introducir modificaciones en orden a las responsabilidades asignadas a la Subsecretaría Administrativa, con el objeto de agilizar los trámites tendientes a autorizar y/o aprobar los actos administrativos referidos a la gestión contable, económica y financiera del Consejo;

 

Que a los efectos indicados deviene pertinente otorgar expresas facultades a la referida Subsecretaría Administrativa, en consonancia con aquellas que por delegación ejercen los Directores Generales de Administración y/o Directores de Administración Contable, perteneciente a la Administración Centralizada, en los términos previstos por los artículos 2 y 3 del Reglamento de Contrataciones de la Ley de Contabilidad, aprobado por Decreto Nº 3300/72;

 

Que consecuentemente corresponde en la instancia proceder al dictado del acto administrativo que instrumente dicha medida;

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA

 

ARTÍCULO 1.- Modifícase el apartado I del ANEXO IV - FUNCIONES ADMINISTRATIVAS. SUBSECRETARÍA ADMINISTRATIVA - Responsabilidades -, del Decreto Nº 717/98, el que queda redactado de la siguiente forma:

 

“I.- Proponer, controlar y ejecutar los actos administrativos vinculados con la gestión contable, económica y financiera en el ámbito del Consejo; elaborar el Proyecto de Presupuesto Anual y controlar su ejecución, realizando los reajustes contables pertinentes.

Autorizar y aprobar las contrataciones que no superen los PESOS CIENTO SESENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS ($ 165.200) de acuerdo a lo normado por el art. 2º y 3º del Reglamento de Contrataciones de la Ley de Contabilidad, aprobado por Decreto Nº 3300/72 y sus modificatorios”.

 

ARTÍCULO 2.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Justicia y de Economía.

 

ARTÍCULO 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y pase a Contaduría General de la Provincia. Cumplido, archívese.

 

JORGE OSVALDO CASANOVAS         CARLOS FEDERICO RUCKAUF

Ministro de Justicia                                       Gobernador

 

JORGE E. SARGHINI

Ministro de Economía