DECRETO 2.100
Visto la sanción de
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 28 de
Que es objetivo primordial del Gobierno Provincial, alcanzar una mayor
optimización en el funcionamiento de los Ministerios y Secretarías de Estado, a
los efectos de lograr el máximo de eficiencia en la gestión de las políticas
públicas;
Que se debe efectuar la reestructuración orgánico-funcional de los órganos de
la administración provincial, de conformidad con las disposiciones de la
mencionada normativa;
Que las reformas que se propician por el presente acto, se encuentran fundadas
en el análisis y evaluación de las funciones indelegables del Estado
Provincial;
Que a dichos fines, se requiere un
reordenamiento que establezca la nueva conformación organizativa de los
distintos niveles político-estructurales, basados en criterios de racionalidad,
economía, concentración y eficiencia que posibiliten una rápida respuesta a las
demandas de la sociedad, originando estructuras dinámicas y adaptables a los
cambios permanentes;
Que atento lo dispuesto por
Que resulta necesario en esta instancia la incorporación y redefinición de la
ex -Subsecretaría de
Que para el cumplimiento de las atribuciones que se asignan a
Que atento lo expuesto precedentemente, se incorpora en el ámbito de
Que el Consejo de Gobierno Electrónico, creado por Decreto n° 1824/02, se
incorpora a la estructura de
Que han tomado la intervención que le compete el Ministerio de Economía,
Que el suscripto resulta competente para el dictado del presente en virtud de
los dispuesto por el artículo 40 de
Por ello,
EL
GOBERNADOR DE
DECRETA:
Artículo 1º.- Apruébase en el ámbito de
Artículo 2º.- Créase en el ámbito de
Artículo 3º.- Determínase para la estructura organizativa, aprobada por el
presente acto, los siguientes cargos: Secretario General con rango y jerarquía
equivalente a los señores Ministros Secretarios; Subsecretario Legal, Técnico y
de Asuntos Legislativos, Subsecretario de Gestión Tecnológica y Administrativa;
Subsecretario de Gestión Pública; Secretario Ejecutivo de
Artículo 4°.- Exceptúase del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3° del
Decreto nº 18/91, en relación con lo normado sobre la presentación de los
Anexos que corresponden, los cuales quedarán conformados de la siguiente forma:
ANEXO 1 -Organigramas- ; ANEXO 2 -OBJETIVOS, METAS, ACCIONES y TAREAS -, de
cada una de las dependencias que se aprueban y según corresponda.
Artículo 5º.- Transfiérese a
Artículo 6º.- Modifícase el artículo 3° del Decreto n° 2688/92, texto según
Decreto n° 1906/94, el que quedará redactado de la siguiente manera: El
Instituto Provincial de
Artículo 7º.-
Artículo 8º.- Créase, en el ámbito de
Artículo 9º.- Transfiérese, a
Artículo 10.- Dentro del plazo de 90 días hábiles, a partir de la fecha de
publicación del presente acto, el titular de
Artículo 11.- Durante el transcurso del plazo fijado por el artículo
precedente, mantendrán su vigencia aquellas unidades orgánico-funcionales con
nivel inferior a Dirección General y/o Provincial, oportunamente aprobadas para
Artículo 12.-
Artículo 13.- Limítanse, a partir de la fecha de publicación del presente, las
designaciones del personal cuyas funciones no se correspondan con las Unidades
Orgánicas que se aprueban por este acto, debiendo formalizarse mediante el
dictado de los actos administrativos correspondientes.
Artículo 14.- El Ministerio de Economía, a través del área competente,
efectuará las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a
lo dispuesto por el presente Decreto, las que deberán ajustarse a las
previsiones contenidas en el Presupuesto General del Ejercicio Financiero año
2004.
Artículo 15.- Derógase toda norma que se oponga al presente.
Artículo 16.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros
Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Economía.
Artículo 17.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial,
pase a
SOLA
R. Magnanini
G.A. Otero
R. Magnanini
ANEXO 2a
SECRETARÍA
GENERAL DE
SUBSECRETARÍA
OBJETIVOS
1. Evaluar los aspectos legales y técnicos de
los proyectos de actos administrativos, de alcance general y particular y, en
general, de todo acto que se someta a consideración del Señor Gobernador y del
Secretario General de
2. Elevar a consideración y conformidad del Secretario General los
anteproyectos de actos administrativos de alcance general y particular y, en
general, de todo acto que se promueva para la firma del Señor Gobernador.
3. Examinar que los proyectos elevados al Señor Gobernador cuenten con el
requisito establecido por el artículo 145 de
4. Coordinar la obtención y sistematización del asesoramiento que se requiera
para el cumplimiento de las funciones del Poder Ejecutivo Provincial, así como
para el establecimiento de objetivos, políticas y criterios de gestión.
5. Analizar y dar intervención a los organismos que resulten competentes en
razón de la materia, de los proyectos de ley sancionados por
6. Analizar y evaluar, en el marco de la competencia asignada, los
anteproyectos de Ley que como iniciativa del Poder Ejecutivo, sean elevados
para su remisión a
8. Protocolizar, registrar y archivar los actos dictados por los distintos
funcionarios, en ejercicio de las facultades delegadas por el Señor Gobernador.
9. Poner en conocimiento del Señor Gobernador, a requerimiento del Secretario
General, los pedidos de informes y/o explicaciones formulados por el Poder
Legislativo, vinculados con las funciones y/o atribuciones del Poder Ejecutivo
Provincial.
10. Intervenir, a requerimiento del Secretario General y/o el Señor Gobernador,
con los organismos competentes, en lo atinente a la elaboración de
anteproyectos de leyes y/o actos administrativos.
11. Elaborar los actos administrativos y/o convenios cuya redacción le
encomiende el Secretario General y/o el Señor Gobernador.
12. Instruir en el diseño de planes, programas y proyectos con objeto de
optimizar el ordenamiento legislativo.
13. Requerir a los organismos de
14. Mantener, a requerimiento del Secretario General, las relaciones
funcionales del Poder Ejecutivo Provincial con
1
16. Asistir al Señor Secretario General en los asuntos relativos a su
competencia específica, en especial los vinculados a políticas de interés para
el Poder Ejecutivo Provincial, que le sean requeridos y representarlo cuando
así se le encomiende.
17. Confeccionar programas vinculados con sus competencias específicas,
elaborando y proyectando las acciones y los actos necesarios para su
funcionamiento y el logro de los objetivos determinados.
18. Brindar apoyo técnico-legal, en todos aquellos supuestos requeridos por el
Señor Gobernador y el Señor Secretario General.
SUBSECRETARÍA
LEGAL, TÉCNICA Y DE ASUNTOS LEGISLATIVOS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ASUNTOS LEGALES
METAS
1. Analizar los proyectos de actos
administrativos e institucionales que se sometan a consideración del Señor Gobernador
y del Señor Secretario General de
2. Intervenir, en coordinación con
3. Analizar y verificar el cumplimiento de la normativa legal vigente, en los
actos administrativos dictados por los funcionarios en ejercicio de las
facultades delegadas por el Señor Gobernador.
4. Intervenir, a requerimiento de
5. Elaborar actos administrativos, convenios y acuerdos, así como todo otro
proyecto, cuya redacción le encomiende el Señor Subsecretario Legal, Técnico y
de Asuntos Legislativos.
6. Poner en conocimiento del Señor Subsecretario Legal, Técnico y de Asuntos
Legislativos, las observaciones que ameriten requerir la intervención y/u
opinión consultiva de los organismos de
SUBSECRETARÍA
LEGAL, TÉCNICA Y DE ASUNTOS LEGISLATIVOS
DIRECCIÓN PROVINCIAL TÉCNICA
METAS
1. Analizar los aspectos técnicos y de
gestión de los proyectos de actos administrativos, de alcance general y
particular y en general, que se sometan a consideración del Señor Gobernador y
del Señor Secretario General de
2. Verificar y controlar el encuadre en las normas legales y reglamentarias de
aplicación, así como la observancia de los procedimientos vigentes y la
intervención de los organismos competentes, de los anteproyectos de actos
administrativos que se sometan a consideración del Señor Gobernador y del Señor
Secretario General de
3. Elaborar, a requerimiento del Señor Subsecretario Legal, Técnico y de
Asuntos Legislativos, los anteproyectos de actos administrativos en el marco de
las disposiciones vigentes, así como brindar los informes que soliciten sobre
su elaboración.
4. Asistir al Señor Subsecretario respecto de la colaboración que éste preste
en la elaboración de los textos ordenados de leyes, en coordinación con las
áreas con competencia en la materia; asistiendo, asimismo en su ulterior
distribución.
5. Efectuar el estudio y análisis, tanto formal como sustancial, de los
proyectos de convenios a ser suscriptos por el Señor Gobernador y los
Municipios de
6. Organizar el registro, despacho y archivo de los actos del Señor Gobernador
y del Señor Secretario General, así como los de los funcionarios que actúen en
ejercicio de facultades delegadas del Señor Gobernador.
7. Protocolizar los actos dictados por el Señor Gobernador y del Señor
Secretario General de
8. Verificar la efectiva publicación de los actos y/o leyes que correspondan en
el Boletín Oficial y/u otro medio idóneo que se establezca, informando
asimismo, a las áreas que lo requieran.
SUBSECRETARÍA
LEGAL, TÉCNICA Y DE ASUNTOS LEGISLATIVOS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ASUNTOS LEGISLATIVOS
METAS
1. Analizar los aspectos constitucionales y
legales de los proyectos de ley sancionados por
2. Analizar y evaluar los anteproyectos de ley que se eleven, para la remisión
por el Poder Ejecutivo a
5. Participar, en coordinación con los organismos competentes, en la revisión
y/o elaboración de los anteproyectos de decretos reglamentarios y demás actos
le encomiende la superioridad, con sujeción a las normas constitucionales,
legales y reglamentarias de aplicación.
6. Estudiar, proponer y promover, en coordinación con el área competente, la
adecuación y/o correlación, si correspondiera, de la legislación provincial
respecto de la normativa de carácter federal.
7. Investigar y asistir técnicamente en temas relacionados a los distintos
proyectos legislativos y cuestiones específicas de la materia.
8. Coordinar con los organismos pertinentes, los proyectos de ley que hayan
obtenido media sanción legislativa.
9. Organizar, coordinar y controlar la gestión de los proyectos de ley
sancionados por
1
SUBSECRETARÍA
LEGAL, TÉCNICA Y DE ASUNTOS LEGISLATIVOS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE COORDINACIÓN INSTITUCIONAL
METAS
1. Asistir técnica y administrativamente al
Señor Subsecretario Legal, Técnico y de Asuntos Legislativos, en la
coordinación del funcionamiento de las direcciones a su cargo y en su
interrelación con las distintas jurisdicciones, Organismos de
2. Asesorar y coordinar la ejecución de las tareas que le encomiende el Señor
Subsecretario Legal, Técnico y de Asuntos Legislativos y en particular, aquellas
destinadas a asegurar la eficacia de la gestión y el mejor cumplimiento de las
atribuciones y/o competencias asignadas.
3. Recepcionar, derivar y controlar la ejecución, dentro de los plazos
establecidos, de las acciones necesarias para la tramitación de los distintos
requerimientos judiciales, legislativos, municipales y/o personales que sean
remitidos, en virtud de la competencia del área, por
5. Efectuar la coordinación administrativa de las áreas integrantes de
6. Asistir al Señor Subsecretario Legal, Técnico y de Asuntos Legislativos en
la administración de los recursos humanos, informáticos, materiales y
financieros de
ANEXO 2b
SECRETARÍA
GENERAL DE
SUBSECRETARÍA
OBJETIVOS
1. Planificar y coordinar, conforme con las
normas que fije el Poder Ejecutivo, las políticas sobre tecnologías de gestión
administrativa y organizativa, a ser aplicadas en el ámbito de su competencia y
proponer su desarrollo en los distintos organismos de
2. Programar la implantación y mantenimiento en las distintas áreas de
gobierno, de un sistema provincial de informática de
3. Coordinar las acciones para el desarrollo e implantación del plan
estratégico y de acción a llevarse a cabo por
4. Programar la implementación y mantenimiento de un sistema de relevamiento,
análisis y diagnóstico en materia de comunicaciones a fin de propiciar la
reglamentación y el control del asentamiento de los centros de emisión y
recepción de comunicaciones, definiendo los perfiles tecnológicos de equipos,
sistemas y procedimientos y coordinando criterios y acciones con organismos
provinciales, nacionales e internacionales competentes en la materia.
5. Proponer acciones tendientes a la racionalización y optimización de los
procedimientos de gestión de bienes y servicios, mediante la propuesta de
pautas de carácter general.
6. Planificar, administrar y coordinar, la ejecución de las políticas a ser
aplicadas sobre el parque automotor y de embarcaciones oficiales, proponiendo
las acciones que determinen su adquisición, reemplazo, configuración,
normalización y régimen de uso de unidades.
7. Propiciar el dictado de normas que permitan la optimización de la
infraestructura física, previendo el máximo aprovechamiento de edificios,
instalaciones, mobiliarios y equipos.
8. Coordinar la gestión administrativa - contable y de los recursos humanos,
materiales, informáticos y financieros afectados a las áreas dependientes de
9. Elaborar los planes y programas necesarios para la aplicación de las
regulaciones que determinan las relaciones entre
10. Participar en la definición de las políticas salariales del sector público,
en coordinación con las distintas áreas con competencia concurrente.
11. Coordinar conjuntamente con
12. Programar la implementación de políticas que se establezcan en materia de
aeronavegación, infraestructura aeronáutica y servicios aéreos, coordinando las
acciones para el desarrollo de dichos servicios, los aeródromos provinciales y
los recursos económicos, en concordancia con las distintas jurisdicciones
involucradas, conforme las directivas de
1
1
SUBSECRETARÍA
DE GESTIÓN TECNOLÓGICA Y ADMINISTRATIVA
ADMINISTRACIÓN GENERAL DE BIENES Y SERVICIOS
METAS
1. Organizar, programar y coordinar, en el
ámbito de
2. Coordinar el control y registro de bienes patrimoniales, sus altas y bajas y
efectuar la verificación, clasificación e identificación de los mismos, así
como también, su rendición anual, en el ámbito de
5. Organizar y programar la prestación de los servicios generales y de traslado
de bienes muebles y otros, necesarios para el normal funcionamiento del
organismo.
6. Coordinar los servicios contratados con terceros, para el mantenimiento de
la estructura física en las áreas dependientes del organismo.
SUBSECRETARÍA
DE GESTIÓN TECNOLÓGICA Y ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
METAS
1. Programar, conducir, ejecutar y controlar
las acciones que hacen al desarrollo de las tareas relacionadas con los
aspectos económicos, financieros, presupuestarios, contables, patrimoniales y
las vinculadas con la administración y capacitación de los recursos humanos y
el diligenciamiento de los tramites y documentación administrativa que se
gestione en el ámbito de
2. Dirigir las tareas vinculadas con los procedimientos contables y de
tesorería, el movimiento y custodia de fondos y valores, el pago en término de
los compromisos contraídos y las atinentes al procesamiento de datos para la
liquidación de haberes del personal y sus actividades conexas.
3. Dirigir las tareas atinentes a la recepción, clasificación, asignación de
carácter, registro, diligenciamiento de la documentación y correspondencia,
reserva y archivo de las actuaciones y todo tipo de acto administrativo que se
tramite en el ámbito del organismo de acuerdo con las reglamentaciones
vigentes.
4. Coordinar la formulación del anteproyecto de presupuesto y efectuar la
elaboración y formulación del proyecto de presupuesto anual, calculando las
previsiones presupuestarias.
5. Realizar el análisis, fiscalización y registro del movimiento mensual del
Estado de Ejecución del Presupuesto de Gastos, a fin de detectar desvíos de las
asignaciones originales y/o necesidad de modificaciones, relacionando estas
acciones con la planificación, presupuestación y control de ejecución de las
metas físicas.
6. Llevar adelante las acciones necesarias para la confección de los pliegos de
bases y condiciones que rijan los llamados a Licitación y concursos de precios
y realizar todas las operaciones administrativas relacionadas con recepción y
análisis de las ofertas que se presenten en ocasión de las contrataciones y
todo lo relacionado con los distintos procedimientos de contratación.
7. Participar en la elaboración del Plan Anual de Contrataciones. Opinar y
proponer a la superioridad respecto de la urgencia, necesidad y/u oportunidad
de realizar contrataciones no previstas en el Plan Anual de Adquisiciones.
8. Efectuar el control de asistencia del personal e intervenir en la aplicación
del régimen disciplinario vigente en el ámbito de su Jurisdicción.
9. Confeccionar y administrar los legajos únicos del personal, manteniendo
actualizados sus datos, tramitando y registrando la documentación referente a
designaciones, promociones, cesantías, contrataciones, adscripciones,
reincorporaciones y declaraciones juradas, de conformidad con la normativa
vigente y a fin de remitir el total de la información a
1
11. Organizar, mantener y prestar el servicio técnico administrativo necesario
a los organismos, diligenciando las actividades propias de la mesa de entradas,
salidas y archivo, bibliotecas técnicas y archivos de documentación.
12. Organizar, programar, coordinar y controlar el sistema centralizado de
recepción y distribución de mensajería, paquetería y papelería en general en
las sedes de los organismos del Poder Ejecutivo Provincial.
13. Efectuar, en el ámbito de su competencia, la confección de los proyectos de
decretos, decisiones administrativas, resoluciones y/o disposiciones referidos
a la administración de recursos humanos, atendiendo su seguimiento.
SUBSECRETARÍA
DE GESTIÓN TECNOLÓGICA Y ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE AUTOMOTORES Y EMBARCACIONES OFICIALES (D.A.E.O.)
METAS
1. Planificar y coordinar la ejecución de la
política establecida en materia de automotores y embarcaciones oficiales en
todo el ámbito de
3. Controlar y fiscalizar la permanente actualización de los seguros de los
motovehículos terrestres y de las embarcaciones que sean propiedad del Poder
Ejecutivo.
4. Intervenir y expedirse técnica y reglamentariamente, en las actuaciones
administrativas relacionadas con las actividades de uso, ventas y remates en
materia de motovehículos terrestres y náuticos que sean propiedad del Poder
Ejecutivo Provincial.
5. Asegurar, controlar y fiscalizar el cumplimiento de las normativas de
inspecciones técnicas obligatorias (V.T.V.), de la totalidad de la flota
terrestre del Poder Ejecutivo Provincial.
6. Asegurar, controlar y fiscalizar el cumplimiento del control psicofísico
obligatorio de todos los conductores oficiales conforme lo establecido en el
Código de Tránsito vigente.
7. Organizar la prestación de los servicios marítimos y del transporte
automotor y la administración de los recursos humanos en el área, como así
también implementar las acciones tendientes a obtener recursos económicos por
los remates de vehículos dados de baja.
8. Organizar la infraestructura necesaria para la prestación de los servicios
de automotores y embarcaciones oficiales.
9. Coordinar con los organismos nacionales y provinciales las acciones comunes,
compatibilizando los intereses de las distintas jurisdicciones involucradas.
10. Dirigir la política inherente al cumplimiento de las competencias asignadas.
11. Controlar la actividad de los sectores a su cargo, de manera de propender a
la máxima seguridad de las prestaciones.
SUBSECRETARÍA
DE GESTIÓN TECNOLÓGICA Y ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES
METAS
1. Impulsar el proceso de desarrollo e
incorporación de tecnologías referidas a la información y comunicación,
coordinando criterios y acciones con las distintas áreas de
2. Promover la estandarización tecnológica en materia de informática y
telecomunicaciones.
3. Implantar las políticas de Tecnología de
4. Facilitar el acceso a la información y comunicación, para mejorar la
transparencia en los actos de gobierno, a fin de facilitar, en coordinación con
el área competente, el control y la participación ciudadana.
5. Participar en el desarrollo del Proyecto de Gobierno Electrónico de
6. Desarrollar metodologías, herramientas e indicadores para generar
información para evaluar las inversiones en tecnologías, mejorar la calidad de
estas decisiones de inversión, de la asignación de recursos financieros y
humanos, y de los procesos de adquisición y contratación de las mismas.
7. Asistir en la coordinación de la administración del portal del Gobierno de
8. Brindar asesoramiento científico y tecnológico, en los temas que hacen a la
informática y a las comunicaciones como órgano rector y con responsabilidad
sobre el mejoramiento de la eficiencia operativa de las mismas, promoviendo,
asimismo, el desarrollo de estudios, análisis e investigaciones en la materia.
9. Presidir el Consejo Técnico Provincial de Informática (Decreto nº 6.080/88 y
su modif. nº 4.540/93), de conformidad con las directivas emanadas de la
superioridad.
10. Organizar y mantener actualizado un registro general de software y
hardware, de equipos de comunicaciones y de terminales telefónicas, así como de
sus accesorios, llevando el registro, bajo su exclusiva responsabilidad, de la
información patrimonial, por titularidad de responsable y de prestación, si
correspondiere.
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN
TECNOLÓGICA Y ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PERSONAL DE
METAS
1. Proponer, organizar, aplicar y supervisar
los planes y programas determinados para la administración de los recursos
humanos que integran
2. Programar los relevamientos necesarios para conocer los recursos humanos con
que cuenta
3. Organizar, implementar y mantener actualizado el registro general del
personal que se desempeña en las distintas dependencias gubernamentales,
coordinando pautas y acciones comunes con las áreas respectivas de las
distintas jurisdicciones.
4. Conocer y atender la sustanciación de los sumarios administrativos e
informaciones sumarias originadas por faltas cometidas por agentes de
5. Organizar y atender las actividades necesarias a la fiscalización médica y a
la medicina laboral en el ámbito de
6. Coordinar y supervisar el funcionamiento de los Organismos Sectoriales de
Personal de todas las jurisdicciones, constituidos como Delegaciones de
7. Estudiar, proponer y controlar el cumplimiento de normas estatutarias y
escalafonarias.
8. Supervisar y auditar el cumplimiento de las normas y políticas que en
materia de recursos humanos imparta la superioridad.
9. Fijar las normas y procedimientos para la confección de planteles básicos e
intervenir y emitir opinión en la aprobación de estructuras orgánico-funcionales
de las distintas jurisdicciones administrativas del Poder Ejecutivo.
10. Participar en el desarrollo del sistema único de Recursos Humanos y
Liquidación de Haberes, coordinando su implementación.
SUBSECRETARÍA
DE GESTIÓN TECNOLÓGICA Y ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE AERONAVEGACIÓN OFICIAL
METAS
1. Fiscalizar y organizar la prestación de
los servicios del área como así también implementar las acciones tendientes a
obtener recursos económicos por la explotación de las áreas libres de los
aeródromos provinciales.
2. Supervisar y organizar la infraestructura y el desarrollo de la aeronáutica
provincial y la prestación de los servicios aéreos.
3. Programar y diseñar la coordinación de actividades con los Organismos
Nacionales y Provinciales con acciones comunes, compatibilizando los intereses
de las distintas jurisdicciones involucradas.
4. Ejecutar las acciones necesarias para el cumplimiento de las competencias
asignadas, controlando la actividad de los sectores a su cargo de manera de
propender a obtener la máxima seguridad en las prestaciones.
5. Fomentar la actividad aerocomercial y aerodeportiva, la formación de
recursos humanos, así como toda otra tendiente a facilitar la seguridad de la
actividad.
6. Programar y supervisar la formación de especialistas en la temática del área
a través de programas conjuntos con universidades y otras instituciones
nacionales y aerodeportivas.
ANEXO 2c
SECRETARÍA
GENERAL DE
SUBSECRETARÍA
OBJETIVOS
1. Diseñar y ejecutar políticas relativas a
la recuperación institucional y modernización del Estado Provincial,
promoviendo el reconocimiento social de las funciones propias del Estado, de su
relación con la ciudadanía, y de la necesaria vinculación entre la actividad
política, el gobierno y la administración.
2. Desarrollar acciones tendientes a lograr el cambio cultural que permita la
transformación del modelo estatal vigente, a fin de alcanzar un modelo estatal
incluyente, que promueva la integración de todas las personas en el sistema
social y el ejercicio pleno de la ciudadanía en un contexto de fortalecimiento
democrático.
3. Actuar como órgano asesor y de estimación en los procesos institucionales
del Estado Provincial, especialmente en lo referido a reforma, modernización,
desconcentración, descentralización político-administrativo, participación,
planificación integral y diseño organizacional, sistemas administrativos y de
información y comunicación; proponiendo innovaciones en la gestión, política de
recursos humanos, evaluación de impacto de las políticas que impulsa esta
Subsecretaría y optimización del funcionamiento de
4. Proponer a
5. Diseñar políticas que favorezcan la participación y el compromiso social,
aportando metodologías que permitan la integración de los actores sociales en
la planificación y ejecución del proyecto de gobierno y las políticas públicas
provinciales.
6. Diseñar y ejecutar una política de formación de dirigentes sociales,
políticos y estatales, acorde con el cambio cultural promovido, a fin de
fortalecer el proyecto de gobierno, las políticas de Estado y la relación de
7. Promover el estudio y diseño de sistemas de carrera para el personal de
8. Establecer los lineamientos, instrumentos y mecanismos necesarios que
aseguren el desarrollo y funcionamiento eficaz de la carrera administrativa,
coordinando, con las dependencias involucradas, su implementación.
9. Coordinar con organismos y dependencias con competencia e injerencia en
materia de desarrollo, formación y capacitación de recursos humanos enmarcados
en regímenes estatutarios específicos, el diseño e implementación de acciones
conjuntas que conlleven a un mayor aprovechamiento de los recursos y a una
articulación entre los diferentes sistemas de carrera.
10. Promover la participación de los organismos gremiales a fin de desarrollar
la carrera administrativa.
11. Brindar asesoramiento y asistencia técnica a los municipios en lo referido
a mejoramiento de la gestión, conducción y conformación de equipos,
planeamiento de las acciones de gobierno, innovación en los procesos
organizacionales, calidad de los servicios públicos, mejora en la atención de
los contribuyentes, sistema de información y sistema integral de recursos
humanos, sistemas de identificación de demandas y necesidades de la población,
sistemas, criterios, alcances y metodologías alternativas para generar una
efectiva participación popular en la gestión municipal, coordinando pautas, criterios
y acciones con las áreas competentes.
12. Colaborar en el cumplimiento de pautas formales y técnicas referidas a la
organización del Poder Ejecutivo Provincial, la carrera administrativa, la
aplicación e instrumentación de innovaciones de gestión y la adecuación de la
gestión pública.
13. Proponer, diseñar, implementar y ejecutar planes, programas y acciones
referidas al mejoramiento de la calidad de la gestión, la atención de los
ciudadanos, la aplicación de tecnologías innovadoras y mecanismos de transparencia,
participación ciudadana y control social de la gestión pública.
14. Promover la realización de estudios e investigaciones básicas, descriptivas
y aplicadas para
15. Ejercer las atribuciones y funciones inherentes a
16. Elaborar convenios con instituciones públicas y privadas sobre los temas de
competencia de esta Subsecretaría.
SUBSECRETARÍA
DE LA GESTION PUBLICA
CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO PROVINCIAL DE
OBJETIVOS
1. Estudiar, analizar y evaluar las distintas propuestas de acciones de
capacitación y formación que se correspondan con el proyecto de gobierno, las
necesidades detectadas en los distintos organismos que conforman el Poder
Ejecutivo Provincial, y en función de las prioridades establecidas en los
proyectos de innovación en la gestión pública, de acuerdo a la asistencia y
asesoramiento del Consejo Académico.
2. Determinar las prioridades de las acciones de capacitación y formación,
asignando los recursos necesarios para la implementación de los cursos,
seminarios, talleres, jornadas, etc., y de acuerdo a los lineamientos que se
establezcan en el marco del diseño de las políticas públicas emanadas de
4. Coordinar con las distintas jurisdicciones, a través de
5. Evaluar los programas de investigación relacionados con los temas de su
competencia y en el marco de los lineamientos establecidos en los proyectos de
modernización del Estado.
INSTITUTO
PROVINCIAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
SECRETARÍA EJECUTIVA DEL I.P.A.P.
METAS
1. Constituir la coordinación ejecutiva de todas las acciones que lleve a cabo
el Instituto, planificando y proponiendo a consideración del Consejo Directivo
las recomendaciones académicas para la implementación de los programas de
investigación, formación y capacitación en el orden de su competencia.
2. Organizar, coordinar y supervisar las actividades de las áreas del Instituto
en función de las decisiones que el Consejo Directivo y su Presidente adopten.
3. Coordinar la tramitación necesaria de lo dispuesto en los actos
administrativos que emanen del Presidente y del Consejo Directivo.
4. Supervisar y evaluar el diseño de los programas de capacitación e
investigación, proponiendo al Consejo Directivo, los planes de implementación
de las acciones que se determinen para los recursos humanos del Sector Público.
5. Requerir y brindar asistencia técnica y de cooperación, previa intervención
del Presidente del Instituto Provincial de
6. Implementar las acciones de difusión de las actividades realizadas por el
Instituto.
7. Promover la integración de redes de instituciones educativas y de
investigación nacionales e internacionales, públicas o privadas, a fin de
intercambiar información, material didáctico y bibliográfico, programas,
resultados, experiencias, bancos de casos, técnicas, metodologías, entre otras.
8. Organizar y delegar en programas de formación, capacitación e investigación
el funcionamiento interno de las Direcciones de Formación y Capacitación, y de
Estudios e Investigación respectivamente, definiendo y evaluando las distintas
actividades que se desarrollen en los programas, proponiendo al Consejo
Directivo las autoridades responsables de los mismos.
SUBSECRETARÍA
DE LA GESTIÓN PÚBLICA
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE
METAS
1. Asistir y asesorar técnicamente a las
instituciones, entidades, organismos, dependencias y/o reparticiones del Estado
Provincial en la implementación de planes, programas, proyectos y sistemas
relacionados con la organización del Estado Provincial y el régimen de empleo
público, en coordinación con el área competente.
2. Estudiar y proponer pautas para la planificación institucional con enfoque
estratégico, como así también para el diseño de las estructuras organizativas y
los sistemas administrativos, contemplando los parámetros técnicos que deben
considerarse para su elaboración.
3. Estudiar y proponer la adecuación y modificación de los regímenes
escalafonarios y demás normas jurídicas que rigen las relaciones laborales de
5. Evaluar y proponer instrumentos para el desarrollo de la carrera
administrativa.
6. Realizar la revisión y proponer la adecuación de los distintos estatutos
escalafonarios vigentes.
7. Coordinar con las áreas y dependencias de
8. Estudiar, diseñar y proponer sistemas y procedimientos administrativos,
coordinando con las áreas involucradas y/o competentes, en el marco de los
procesos de mejora de
10. Estudiar y proponer un sistema de medición de resultados y evaluación de impacto
de la implementación de las políticas, programas, proyectos y cursos de acción,
dentro del marco definido para la reforma y modernización del Estado.
SUBSECRETARÍA
DE LA GESTIÓN PÚBLICA
UNIDAD DE COORDINACIÓN DE PROGRAMAS DE INNOVACIÓN
METAS
1. Elaborar, proponer, controlar y evaluar
los proyectos relacionados con innovaciones en la gestión pública del Estado
Provincial, coordinando acciones, pautas y criterios con los organismos
competentes en la ejecución de los mismos.
2. Elaborar, proponer, asistir, asesorar y evaluar los proyectos relacionados
con la reestructuración de los sistemas administrativos de apoyo, coordinando
acciones, pautas y criterios con las áreas competentes.
3. Estudiar y analizar la normativa legal vigente relacionada con la aplicación
de herramientas de innovación en
4. Estudiar, analizar y evaluar la pre-factibilidad y factibilidad técnica, legal
y económica de los planes, programas y proyectos de descentralización y de
desconcentración de servicios y funciones desde el Poder Ejecutivo Provincial
hacia los municipios, coordinando para cada temática en particular con los
organismos competentes.
5. Implementar programas que promuevan la difusión de experiencias
institucionales innovadoras, en especial aquellas que resulten replicables en
diferentes niveles y organismos estatales.
6. Implementar programas que refuercen la participación ciudadana y proponer
mecanismos e instrumentos de planificación estratégica y control de gestión.
7. Proponer al Subsecretario de
8. Elaborar y elevar informes con la periodicidad que determine el Subsecretario
de
ANEXO 2d
SECRETARÍA
GENERAL DE
AGENCIA
OBJETIVOS
1. Asistir al Señor Secretario General de
2. Asistir al Señor Secretario General de
3. Participar, en la coordinación de las acciones de los organismos técnicos
competentes de
4. Participar, en coordinación con las acciones de los organismos técnicos
competentes de
5. Propiciar y participar en la negociación de acuerdos internacionales y de
cooperación sobre la base de los mecanismos bilaterales, regionales o
multilaterales destinados al desarrollo y a la integración social.
6. Intervenir en la preparación de la documentación necesaria para la
negociación, celebración, modificación u otros actos jurídicos relativos a los
convenios u otros instrumentos internacionales de su competencia.
7. Asumir el rol articulador en los foros vinculados con la cooperación técnica
y la asistencia al desarrollo e integración social y en la coordinación y
evaluación de las acciones de cooperación internacional.
8. Actuar como dependencia orientadora de los organismos de orden académico, de
investigación y desarrollo, de las instituciones privadas y de los organismos
no gubernamentales, en el área de su competencia.
9. Actuar como dependencia oferente de cooperación horizontal, coordinando con
los organismos y carteras provinciales competentes en cada tema, para
consolidar así la presencia de la provincia en el ámbito internacional.
10. Participar, en coordinación con otros organismos técnicos competentes de la
administración provincial, en eventos internacionales, de interés para
11. Coordinar con los organismos y carteras provinciales competentes, el
diseño, la gestión y la evaluación de los programas para el desarrollo e
integración social, facilitando el acceso a las diferentes fuentes de
cooperación internacional.
12. Participar en la celebración de convenios bilaterales con Estados
Extranjeros referidos a las competencias de esta Agencia y de los convenios que
se encuentran en vigencia, así como también en los programas emergentes de su
aplicación.
13. Participar en los temas de competencia de esta Agencia, en el proceso de
integración de los países del Mercado Común del Sur (MERCOSUR).
14. Propiciar y ampliar acciones tendientes a conformar un espacio de
integración cultural entre los países del MERCOSUR, mediante la elaboración de
programas de movilidad e intercambio.
15. Afianzar la identidad cultural, social, económico-productiva y científica
bonaerense en el escenario internacional, a través de acciones de intercambio y
articulación con otras naciones y estados regionales extranjeros.
16. Propiciar la formación y capacitación de graduados de Universidades con
sede en
AGENCIA
DE COOPERACIÓN Y RELACIONES INTERNACIONALES
OFICINA PROVINCIAL DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO
METAS
1. Analizar y evaluar los distintos recursos
provenientes de la cooperación internacional para contribuir a la integración
de
2. Diseñar acciones y acordar estrategias conjuntas con los organismos del
sector público y/o privado, para optimizar la utilización de los recursos
provenientes de la cooperación en materia de desarrollo.
3. Colaborar en la descentralización de los recursos de la cooperación
internacional, de manera tal de beneficiar a las Instituciones públicas y/o
privadas, a través de asesoramiento específico y financiamiento.
4. Asistir en la negociación, preparación, seguimiento y control de propuestas
de cooperación internacional, específicamente en temas relativos a la promoción
de cambios en la estructura productiva, el apoyo al desempeño de
5. Gestionar el funcionamiento integral de las comisiones mixtas de aplicación
de convenios bilaterales con estados extranjeros referidos a las competencias
de esta Oficina.
6. Fomentar el acercamiento de los expertos, investigadores y funcionarios de
la provincia de Buenos Aires con la comunidad internacional, para la generación
de programas que estimulen la formación de recursos humanos, el intercambio de
información y la realización conjunta de programas de investigación y/o
desarrollo.
7. Desarrollar vínculos y gestionar Acuerdos de Cooperación económico-productiva
y científico-tecnológica, con especial énfasis en los países del MERCOSUR, que
fomenten la transferencia de tecnología de punta, contribuyendo a sostener el
desarrollo local y la generación de capacidades en el ámbito provincial.
8. Colaborar en la oferta de cooperación en materia de tecnología,
conocimiento, bienes y servicios, apoyando los procesos de desarrollo en otros
países, regiones o provincias que lo requiran, de conformidad con las políticas
establecidas por el Gobierno Provincial.
9. Brindar asesoramiento a los distintos organismos provinciales en relación a
la firma de Convenios y/o Acuerdos de cooperación, así como en la preparación
de programas y proyectos en el área de desarrollo.
AGENCIA
DE COOPERACIÓN Y RELACIONES INTERNACIONALES
OFICINA PROVINCIAL DE COOPERACIÓN PARA LA INTEGRACIÓN SOCIAL
METAS
1. Analizar las oportunidades, formas y
mecanismos de cooperación internacional para la mejora de las condiciones
sociales y culturales, propiciando el interés y participación de los sectores involucrados.
2. Optimizar la utilización de los recursos provenientes de la cooperación,
buscando la excelencia en la aplicación de los mismos en materia de integración
social, específicamente en temas relacionados con la mejora de las condiciones
sociales, la seguridad alimentaria, la eliminación de la pobreza, la promoción
y participación de la mujer, la salud y la educación.
3. Acompañar con los recursos provenientes de la cooperación internacional las
prioridades y políticas de integración social y cultural establecidas a nivel
provincial promoviendo la integración de
4. Programar la regionalización de la distribución de los recursos provenientes
de la cooperación internacional, beneficiando a Gobiernos Municipales así como
a Instituciones públicas y/o privadas, con criterio equitativo.
5. Participar en la preparación de acuerdos, programas y proyectos, asistiendo
en la negociación y brindando asesoramiento para el financiamiento de los
mismos, a los distintos organismos provinciales del orden público y/o privado,
propiciando su participación, cuando así se requiera, para promover cambios en
el área social y cultural.
6. Promover la participación de
7. Impulsar el intercambio de expertos investigadores, funcionarios
provinciales, municipales y técnicos del sector público y/o privado en aquellos
programas de capacitación, perfeccionamiento, y/o actualización técnica, en las
áreas relacionadas con la integración social y cultural.
8. Colaborar en el desarrollo de acciones tendientes a afianzar los vínculos
entre los países del Mercado Común del Sur (MERCOSUR).
AGENCIA
DE COOPERACIÓN Y RELACIONES INTERNACIONALES
UNIDAD DE ENLACE INSTITUCIONAL
METAS
1. Colaborar en la ejecución de la logística
necesaria para la participación en eventos internacionales de interés para la
provincia en el área de competencia de la agencia.
2. Dar seguimiento a los diferentes convenios y/o acuerdos alcanzados por
3. Diseñar los sistemas de evaluación y seguimiento formales de aplicación en
los distintos acuerdos internacionales y proponer los procedimientos
administrativos necesarios para formalizar los convenios u otros instrumentos
internacionales de su competencia..
4. Diseñar la estructura y el contenido de los informes periódicos con los
resultados alcanzados en los respectivos convenios y acuerdos celebrados.
5. Diseñar y actualizar una base de datos informativa de acceso público con la
oferta horizontal de cooperación.
6. Difundir las acciones de intercambio y cooperación de
7. Difundir y atender la tramitación de becas ofrecidas desde el sector
externo, en coordinación con los organismos provinciales competentes.