DECRETO 484/13

 

LA PLATA, 26 de julio de 2013.

 

VISTO el expediente Nº 2335-28130/07, del Ministerio de Economía, por el cual tramitan actuaciones relacionadas a un inmueble ubicado en jurisdicción del partido de Moreno, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el inmueble aludido, identificado catastralmente como Circunscripción V, Sección H, Manzana 101, Parcela 1a del partido de Moreno, se encuentra inscripto en la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad en la matrícula Nº 42871 (074) a nombre de la Provincia de Buenos Aires;

 

Que según plano 74-68-91, la parcela objeto de autos con una superficie de mil doscientos cuarenta y cuatro metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados (1244,43m2) se origina de la mensura y división de la Parcela 1 prevista por la Resolución Nº 198 del 19 de abril de 1991;

 

Que de la inspección realizada en fecha 30 de junio de 2009, surge que el inmueble está ocupado por una unidad sanitaria dependiente de la Municipalidad de Moreno;

 

Que la Ley Nº 11554 transfiere al ámbito municipal las Unidades Sanitarias pertenecientes al Plan “Doctor Javier Francisco Muñiz”, entre las cuales se encuentra la unidad que funciona en el inmueble objeto de autos;

 

Que el artículo 3º de dicha Ley, prevé la transferencia a favor de los municipios involucrados, de los inmuebles afectados a la prestación de los servicios transferidos a la esfera municipal;

 

Que corresponde entonces regularizar el dominio del bien identificado como Circunscripción V, Sección H, Manzana 101, Parcela 1a del partido de Moreno (074);

 

Que ha tomado la intervención que le compete la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires –ARBA-, a través de la Gerencia General de Información y Desarrollo Territorial, dependiente de la Subdirección Ejecutiva de Recaudación y Catastro;

 

Que habiendo dictaminado Asesoría General de Gobierno y Contaduría General de la Provincia y emitido vista el Fiscal de Estado, corresponde dictar el pertinente acto administrativo;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del Decreto-Ley Nº 9533/80;

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA

 

ARTÍCULO 1.- Incorporar al dominio de la Municipalidad de Moreno, de conformidad con los términos del artículo 3º de la Ley Nº 11554, el bien inmueble identificado catastralmente como Circunscripción V, Sección H, Manzana 101, Parcela 1a, inscripto en la matrícula Nº 42871 del mismo partido a nombre de la Provincia de Buenos Aires.

 

ARTÍCULO 2.- Facultar a la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires – ARBA-, Subdirección Ejecutiva de Recaudación y Catastro, para que a través de la Gerencia General de Información y Desarrollo Territorial, formalice la entrega del bien, en el estado ocupacional en que se encuentre.

 

ARTÍCULO 3.- Dar intervención a Escribanía General de Gobierno a los efectos de realizar la rogatoria pertinente ante la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad, a fin de inscribir a nombre de la Municipalidad de Moreno el inmueble tratado.

 

ARTÍCULO 4.- Registrar el movimiento patrimonial que se produzca en la próxima actualización con intervención del Registro Patrimonial correspondiente conforme las prescripciones del artículo 52 del Decreto-Ley Nº 7764/71 y su Decreto Reglamentario Nº 3300/72.

 

ARTÍCULO 5.- Establecer que la Gerencia de Gestión e Información Territorial Multifinalitaria dependiente de la Subdirección Ejecutiva de Recaudación y Catastro de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires –ARBA-, realizará las registraciones que le compete.

 

ARTÍCULO 6.- El presente Decreto será refrendado por Ministro Secretario en el Departamento de Economía.

 

ARTÍCULO 7.- Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial, pasar a la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires – ARBA-. Cumplido, archivar.