DECRETO 484/13
VISTO el expediente Nº 2335-28130/07, del Ministerio de Economía, por el cual tramitan actuaciones relacionadas a un inmueble ubicado en jurisdicción del partido de Moreno, y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble aludido,
identificado catastralmente como Circunscripción V, Sección H, Manzana 101,
Parcela 1a del partido de Moreno, se encuentra inscripto en
Que según plano 74-68-91, la
parcela objeto de autos con una superficie de mil doscientos cuarenta y cuatro
metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados (1244,43m2) se
origina de la mensura y división de
Que de la inspección realizada en
fecha 30 de junio de 2009, surge que el inmueble está ocupado por una unidad
sanitaria dependiente de
Que
Que el artículo 3º de dicha Ley, prevé la transferencia a favor de los municipios involucrados, de los inmuebles afectados a la prestación de los servicios transferidos a la esfera municipal;
Que corresponde entonces regularizar el dominio del bien identificado como Circunscripción V, Sección H, Manzana 101, Parcela 1a del partido de Moreno (074);
Que ha tomado la intervención que
le compete
Que habiendo dictaminado Asesoría
General de Gobierno y Contaduría General de
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del Decreto-Ley Nº 9533/80;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE
DECRETA
ARTÍCULO 1.- Incorporar al dominio de
ARTÍCULO 2.- Facultar a
ARTÍCULO 3.- Dar intervención a Escribanía General de Gobierno a
los efectos de realizar la rogatoria pertinente ante
ARTÍCULO 4.- Registrar el movimiento patrimonial que se produzca en la próxima actualización con intervención del Registro Patrimonial correspondiente conforme las prescripciones del artículo 52 del Decreto-Ley Nº 7764/71 y su Decreto Reglamentario Nº 3300/72.
ARTÍCULO 5.- Establecer que
ARTÍCULO 6.- El presente Decreto será refrendado por Ministro Secretario en el Departamento de Economía.
ARTÍCULO 7.- Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar,
publicar, dar al Boletín Oficial, pasar a