DEPARTAMENTO DE GOBIERNO
DECRETO 2905
La Plata, 3 de junio de 1985.
Visto la gran magnitud y gravedad que han provocado las inundaciones que abarcan una vasta extensión del territorio de la Provincia de Buenos Aires y
CONSIDERANDO:
Que el anegamiento de estas zonas ha originado serios daños en bienes, instalaciones, rutas, caminos y sectores urbanos;
Que el Estado Provincial no puede dejar de participar en esta grave circunstancia contribuyendo a aliviar las dificultades de los habitantes sometidos a perjuicios excepcionales mediante, entre otras medidas, la declaración de estado de emergencia a los sectores de los Partidos afectados;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Declárese en estado de emergencia, por causa de inundación, las zonas afectadas que los relevamientos técnicos determinen, en jurisdicción de los Partidos de: Almirante Brown- Avellaneda- Berazategui- Escobar-Esteban Echeverría- Florencio Varela- General Rodríguez- General San Martín- General Sarmiento- La Matanza- Lanús- Lomas de Zamora- Luján- Mercedes- Merlo- Moreno- Morón- Pilar- Quilmes- San Andrés de Giles- San Fernando- San Isidro- San Vicente- Tres de Febrero- Tigre.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y archívese.