DEPARTAMENTO DE GOBIERNO

 

DECRETO 2905

La Plata, 3 de junio de 1985.

 

Visto la gran magnitud y gravedad que han provocado las inundaciones que abarcan una vasta extensión del territorio de la Provincia de Buenos Aires y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el anegamiento de estas zonas ha originado serios daños en bienes, instalaciones, rutas, caminos y sectores urbanos;

 

Que el Estado Provincial no puede dejar de participar  en esta grave circunstancia contribuyendo a aliviar las dificultades de los habitantes sometidos a perjuicios excepcionales mediante, entre otras medidas, la declaración de estado de emergencia a los sectores de los Partidos  afectados;

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Declárese en estado de emergencia, por causa de inundación, las zonas afectadas que los relevamientos técnicos determinen, en jurisdicción  de los Partidos de: Almirante Brown- Avellaneda- Berazategui- Escobar-Esteban Echeverría- Florencio Varela- General Rodríguez- General San Martín- General Sarmiento- La Matanza- Lanús- Lomas de Zamora- Luján- Mercedes- Merlo- Moreno- Morón- Pilar- Quilmes- San Andrés de Giles- San Fernando- San Isidro- San Vicente- Tres de Febrero- Tigre.

 

ARTÍCULO 2.- Comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y archívese.