LEY 13.017

 

El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de

 

LEY

 

ARTICULO 1.- Declárase de Interés Provincial la trayectoria científica de la Fundación Oncológica Argentina en el campo de la salud, con fundamentos en los criterios de mejorar la calidad de vida en los pacientes oncológicos.

ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.