Fundamentos de la Ley 13386

 

 

 

            La Ley 12.601, trata sobre la expropiación y declaración de utilidad pública de inmueble ubicado en el partido de La Matanza, con destino a la Dirección General de Cultura y Educación para funcionamiento de la Escuela de Educación Técnica № 4.

            Mediante la misma se ha tratado de regularizar la situación de ocupación precaria en que se encuentra la mencionada escuela.

            La Ley General de Expropiaciones, en su artículo 47 establece: “Se considerará abandonada la expropiación, salvo disposición expresa de la ley especial, si el expropiante no promueve el juicio dentro de los dos (2) años de sancionada la ley que lo autorice, cuando se trate de llevarla a cabo sobre bienes individualmente determinados de cinco (5) años cuando se trate de bienes comprendidos dentro de una zona determinada...”.

            Transcurrido el plazo de aplicación de la ley, como consecuencia de lo observado en la Ley General de Expropiaciones, es menester y de estricta justicia social y derecho de los ciudadanos involucrados, que se disponga la prórroga del instrumento legal por el cual se pretende la regulación de los inmuebles en uso, tomando como elemento justificativo el hecho de mantenerse los considerandos que dieron origen a la Ley 12.601.

            A tal efecto, la Dirección General de Escuelas y Cultura por Expediente № 2100-7.289/00, a fojas 42 del mencionado expediente, solicitando se prorrogue la vigencia de la ley.

            Por todo lo expuesto, es que solicito a los señores legisladores me acompañen con el voto afirmativo.