DECRETO 103/87

 

LA PLATA, 12 de ENERO de 1987.

 

VISTO la necesidad de desarrollar íntegramente una política de acción de acuerdo a los requerimientos de la población bonaerense, y

 

CONSIDERANDO

 

Que resulta impostergable la creación de un Organismo Guber­namental, con el fin de cumplir una acción política capaz de actuar con profundidad, rapidez y eficiencia necesaria para cumplir en tiempo oportuno con las decisiones ­que involucran las políticas públicas;

 

Que es requisito esencial contar con un Organismo orientador que genere el canino hacia la integración y desarrollo aplicado en el campo de una mejor calidad de vida;

 

Que la democracia debe llegar a todos los sectores como una ­verdadera herramienta de integración del Estado con la Sociedad;

 

Que es necesario tender a que la acción del Estado encuentre en la Sociedad un auténtico proceso de comunicación social que posibilite una dinámica participativa en procura de objetivos destinados al logro de fines comunes;

 

Por ello,

 

EL PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Créase en la Jurisdicción II, GOBERNACIÓN, Ítem 1, la Subsecretaría de Políticas y Proyectos Especiales, cuya Estructura Orgánico-Funcio­nal quedará configurada de la siguiente manera:

- GOBERNADOR

- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS Y PROYECTOS ESPECIALES

- DIRECCIÓN DE OBRAS COMUNITARIAS

- DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN DE PROYECTOS

 

ARTÍCULO 2.- Apruébanse  el Organigrama y las Misiones y Funciones, según Anexos I y II, respectivamente, del presente.

 

ARTÍCULO 3.- Suprímanse en la Jurisdicción II, GOBERNACIÓN, Ítem 7, Dirección General del Personal de la Provincia, Dirección Administrativa, de su Plantel Básico vigente, los cargos que se indican en la Planilla que como Anexo III, forma parte integrante del presente.

 

ARTÍCULO 4.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.

 

ARTÍCULO 5.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.

 

 

 

 

 

 

 

GOBERNACIÓN

 

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS Y PROYECTOS ESPECIALES

 

 

 

 

MISIÓN:

 

Será responsable directo del cumplimiento de los Planes, Proyectos y ­acciones que por su naturaleza y especificidad el señor Gobernador le delegue.

 

FUNCIONES:

 

- Generar políticas tendientes a afianzar la acción de Gobierno.

- Promocionar y diligenciar las acciones de Gobierno.

- Entender en la instrumentación y ejecución del Plan de Obras Comunitarias.

- Para tal fin dispondrá de las atribuciones necesarias que le demande la implementación del mismo.

- Intervenir en la elaboración de las Políticas y Planes que expresamente ­encomiende el Gobernador.