DECRETO 1177/02


LA PLATA, 14 de MAYO de 2002.


VISTO: Los Decretos del Poder Ejecutivo Provincial 2957/01 y 727/02; y


CONSIDERANDO:

Que mediante el primero de los actos citados se dispuso la rebaja en las tarifas de peaje de la Ruta Provincial 2 y por el segundo de ellos se prorrogó por el término de cuarenta y cinco (45) días corridos la vigencia de aquél y, además, la del Decreto 2958/01 que readecuaba las tarifas de peaje del Sistema de Interconexión Vial de la Zona Atlántica Ruta Provincial 11 y complementarias;


Que las razones que motivaron el dictado de dichos actos se encuentran plenamente vigentes en lo atinente a la Ruta Provincial 2, en virtud de lo establecido por la Ley 12.727, la adhesión de la Provincia a los artículos 8, 9 y 10 de la Ley Nacional 25.561 de Emergencia Pública y Reforma del Régimen Cambiario por Ley 12.858, y en particular atento las previsiones del Decreto 1150/02;


Que consecuentemente resulta necesario ampliar el plazo para la renegociación del contrato de concesión de la Ruta Provincial 2, manteniendo en tanto el actual nivel de tarifas de peaje hasta establecer las definitivas;


Que Asesoría General de Gobierno se ha expedido favorablemente;


Por ello,


EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES


DECRETA:


ARTICULO 1.- Prorrógase la vigencia del Decreto 2957/01, extendida por Decreto 727/02, con relación al régimen tarifario de la Ruta Provincial 2, por el término de ciento veinte (120) días corridos a partir del 16 de Mayo de 2002.


ARTICULO 2.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos.


ARTICULO 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al "Boletín Oficial" y pase al Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos. Cumplido, archívese.