DECRETO 1177/02
LA PLATA, 14 de MAYO de 2002.
VISTO: Los Decretos del Poder Ejecutivo Provincial 2957/01 y 727/02; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el primero de los actos citados se dispuso la rebaja en las
tarifas de peaje de la Ruta Provincial 2 y por el segundo de ellos se prorrogó
por el término de cuarenta y cinco (45) días corridos la vigencia de aquél y,
además, la del Decreto 2958/01 que readecuaba las tarifas de peaje del Sistema
de Interconexión Vial de la Zona Atlántica Ruta Provincial 11 y complementarias;
Que las razones que motivaron el dictado de dichos actos se encuentran
plenamente vigentes en lo atinente a la Ruta Provincial 2, en virtud de lo
establecido por la Ley 12.727, la adhesión de la Provincia a los artículos 8, 9
y 10 de la Ley Nacional 25.561 de Emergencia Pública y Reforma del Régimen
Cambiario por Ley 12.858, y en particular atento las previsiones del Decreto
1150/02;
Que consecuentemente resulta necesario ampliar el plazo para la renegociación
del contrato de concesión de la Ruta Provincial 2, manteniendo en tanto el
actual nivel de tarifas de peaje hasta establecer las definitivas;
Que Asesoría General de Gobierno se ha expedido favorablemente;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
ARTICULO 1.- Prorrógase la vigencia del Decreto 2957/01, extendida por
Decreto 727/02, con relación al régimen tarifario de la Ruta Provincial 2, por
el término de ciento veinte (120) días corridos a partir del 16 de Mayo de
2002.
ARTICULO 2.- El presente Decreto será refrendado por el señor
Ministro Secretario en el Departamento de Infraestructura, Vivienda y Servicios
Públicos.
ARTICULO 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al
"Boletín Oficial" y pase al Ministerio de Infraestructura, Vivienda y
Servicios Públicos. Cumplido, archívese.