DECRETO-LEY 9916/83
LA PLATA, 16 de febrero de 1983.
VISTO lo actuado en el expediente número 2403-2742/80 y el Decreto Nacional número 877/80; en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY
ARTICULO 1.- Decláranse comprendidos en los términos de la Ley número 9735 a los Servicios Eléctricos que se prestan en las localidades de Zárate y Lima y que fueran transferidos a la Provincia de Buenos Aires por Convenio suscripto con la Empresa Agua y Energía Eléctrica Sociedad del Estado aprobado por Ley número 9809
ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.