FUNDAMENTOS DE LA
LEY 10009
Por la presente ley, se dispone
la donación a favor de la
Municipalidad de Exaltación de la Cruz de una fracción de
tierra fiscal ubicada en la localidad de Capilla del Señor, jurisdicción del
Partido de Exaltación de la Cruz,
la que pertenece a la
Provincia de Buenos Aires por expropiación con destino a
matadero rural, habiéndose inscripto su dominio al Folio 209, año 1951, del
Registro del Partido citado.
La Municipalidad de
Exaltación de la Cruz
solicita la donación del referido predio, a efectos de otorgar a la Sociedad Civil
Deportes para Lisiados la tierra necesaria para la construcción de un
Hogar-Escuela Granja para niños discapacitados mentales.
Informa la Comuna que de acuerdo a las
reglamentaciones en vigencia no es posible la construcción de un matadero rural
en el aludido predio, encontrándose actualmente libre de ocupantes.
Cabe señalar que si bien el
destino que la peticionante dará al inmueble es de utilidad pública, ello no obstante,
significa un cambio de destino de la expropiación señalada, por lo cual
corresponde modificar el destino expropiatorio.
En consecuencia, atento los
motivos expuestos, el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires sanciona la presente
ley.