FUNDAMENTOS DE LA

LEY 10009

 

Por la presente ley, se dispone la donación a fa­vor de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz de una fracción de tierra fiscal ubicada en la localidad de Capilla del Señor, jurisdicción del Partido de Exaltación de la Cruz, la que pertenece a la Provincia de Buenos Aires por ­expropiación con destino a matadero rural, habiéndose ins­cripto su dominio al Folio 209, año 1951, del Registro del Partido citado.

La Municipalidad de Exaltación de la Cruz solici­ta la donación del referido predio, a efectos de otorgar a la Sociedad Civil Deportes para Lisiados la tierra necesaria para la construcción de un Hogar-Escuela Granja para niños discapacitados mentales.

Informa la Comuna que de acuerdo a las reglamentaciones en vigencia no es posible la construcción de un matadero rural en el aludido predio, encontrándose actualmente libre de ocupantes.

Cabe señalar que si bien el destino que la peti­cionante dará al inmueble es de utilidad pública, ello no ­obstante, significa un cambio de destino de la expropiación señalada, por lo cual corresponde modificar el destino ex­propiatorio.

En consecuencia, atento los motivos expuestos, el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires sanciona la presente ley.