FUNDAMENTOS DE LA

LEY 9072

 

La ley adjunta dispone la derogación de la ley número 8469 por la cual se donara a la Municipalidad de Tigre, Partido del mismo nombre, dos fracciones de tierra fiscal ubicadas en la localidad de General Pacheco, con destino al funcionamiento del Hospital y Campo Municipal de Deportes de la mencionada localidad, respectivamente, los que, de acuerdo con el texto de dicha ley, se encontraban ya instados a la fecha de sanción.

La determinación es adoptada en razón del incumplimiento total del cargo impuesto, por lo que es imperativo la sanción de la presente a efectos de normalizar la situación creada.

En consecuencia se dona a la Municipalidad citada la fracción nominada catastralmente como: Circunscripción II, Sección A, Manzana 68, Parcela 1, la que constituye una reserva de uso público, con cargo a plaza de ejercicios físicos y es de propiedad de la Provincia de Buenos Aires, por imperio de la Ley 3487, cuyo dominio se encuentran inscripto al folio 64 del año 1928 del Registro de citado Partido, con cargo al funcionamiento del Hospital de General Pacheco.

Se regulariza así la situación existente estableciendo la finalidad correcta del bien en consideración.