DECRETO-LEY 9215/78
LA PLATA, 18 de DICIEMBRE de 1978.
VISTO lo actuado en el expediente número 2335-3855/78 y la autorización otorgada mediante la Instrucción número 1/77, artículo 1, apartado 4.4. de la Junta Militar; en ejercicio de las facultades legislativas por ella conferidas,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Otórgase el permiso precario de uso a título gratuito, al Club “Deportivo La Plata”, de la fracción de tierra fiscal ubicada en Elizalde, jurisdicción del Partido de La Plata, identificada catastralmente como: Circunscripción IX, Sección Rural, Parcela 2814d, con la situación, dimensiones y linderos que se consignan en el plano aprobado con característica 55-18-69, con destino a Campo de Deportes, por el término en que la misma permanezca afectada a actividades propias de una entidad deportivo-cultural-recreativa.
ARTÍCULO 2.- Condiciónase lo dispuesto en el artículo anterior, a que el destino previsto sea compatible con las normas municipales vigentes, y a que el nombrado Club no erija construcciones permanentes o no desmontables y que las instalaciones deportivas queden a disposición de las escuelas estatales de la zona.
ARTÍCULO 3.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.