FUNDAMENTOS DE LA

LEY 9789

 

La Ley Nacional 21350 –con las enmiendas introducidas por sus similares 21503, 21511 y 22480- establece las normas a que deberán ajustarse las remuneraciones que perciba el personal militar, el de seguridad de la Gendarmería Nacional y de la Prefectura Naval Argentina, en actividad o en retiro que haya sido designado para ocupar cargos en organismos integrantes del Gobierno Nacional, Gobiernos Provinciales o Municipales, o en asociaciones o sociedades privadas, cualquiera sea su naturaleza jurídica.

El régimen respectivo, sancionado con el objeto de regular…”en un aspecto tan importante, como es el que concierne a las remuneraciones, la participación y la colaboración que por medio de su personal, realizan en este caso, las Fuerzas Armadas dentro del proceso de reorganización en que se encuentran empeñadas, (Fundamentos Ley 21.350)… significará un nuevo aporte de las Fuerzas Armadas al Proceso de reorganización Nacional inaugurado el 24 de Marzo de 1976, en cuanto contribuya a la aplicación efectiva de la política de austeridad y restricción de gastos, por ellas puesta en ejecución… y “…reclama una renovada contribución del personal mencionado a la tarea emprendida, en cumplimiento de una política de contención del gasto público que exige, en primer término, una  actitud ejemplar de todos los integrantes de las Fuerzas Armadas y de seguridad, de la Gendarmería Nacional y de la Prefectura Naval cuya colaboración, prestada con entusiasmo, dedicación y eficacia en los últimos cinco años transcurridos, tiene un alto y reconocido valor” (Fundamentos Ley 22.480).

La política consagrada por la legislación nacional, e inspirada en lo dispuesto por la Junta Militar a través de su acta 185, requiere –para su aplicación en el ámbito asignado al Poder legislativo local por el artículo 90 inciso 2, 3 y 12 de la Constitución Bonaerense- la sanción de una ley local que regule específicamente la materia.

El Gobierno de Buenos Aires, persuadido de la necesidad de ejercer en plenitud los poderes no delegados a la Nación y con la convicción de que este nuevo esfuerzo de las Fuerzas Armadas y de seguridad responde a sus más caras tradiciones, ha resuelto la sanción de la ley adjunta.