FUNDAMENTOS DE LA
LEY 9194
La ley que se sanciona dispone la
donación a
La aludida empresa, propietaria de lotes linderos a los fiscales, ha propuesto al Estado Provincial la modificación del esquema del balneario mencionado, tomando en consideración para su realización la topografía del lugar y la distribución orgánica de los espacios verdes, reservas fiscales, zonas reservadas para centros cívicos, comerciales, residenciales y de esparcimiento.
Con el objeto de encarar la realización del nuevo trazado, la citada sociedad debe contar con el dominio de la totalidad de las fracciones involucradas en la misma, lo cual es requisito indispensable para obtener la aprobación de la nueva planimetría de la zona.
La donación de referencia está
condicionada a que dentro de los ciento ochenta (180) días corridos a contar
desde la fecha de otorgamiento de la escritura de protocolización de las
actuaciones correspondientes, la empresa donataria haga entrega a
En virtud del beneficio que significa para la zona del Balneario Mar Azul, un nuevo trazado acorde con los modernos conceptos existentes en materia de urbanización y aprovechamiento del suelo, el Estado Provincial procede a sancionar la presente ley.