DECRETO-LEY 9771/81
La Plata, 18 de
noviembre de 1981.
Visto lo actuado en
el expediente número 4.105-705/81 y el Decreto Nacional número 877/80; en
ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY
ARTICULO 1.-
Declárase ciudad a la localidad de Martínez, del Partido de San Isidro.
ARTICULO 2.-
Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y "Boletín
Oficial" y archívese.