DECRETO-LEY 9450/79
LA PLATA, 12 de NOVIEMBRE de 1979.
VISTO lo actuado en el expediente número 2203-755843/79 y la autorización otorgada mediante la Instrucción número 1/77, artículo 5 de la Junta Militar; en ejercicio de las facultades legislativas por ella conferidas,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Fíjanse, a partir del 1 de Octubre de 1979, para el personal comprendido en el Escalafón de Seguridad y Auxiliares de Seguridad de la Policía de la Provincia y sus equivalentes del Servicio Penitenciario de la Provincia, las remuneraciones mensuales para las jerarquías que se detallan en la Planilla Anexa que forma parte integrante de la presente Ley.
ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.