DECRETO-LEY 8046/73

 

LA PLATA, 25de ABRIL de 1973.

 

VISTO la autorización del Gobierno Nacional concedida por Decreto Nº 717/71 artículo 1º, Apartado 5.2. y la Política Nacional número 50, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 9º del Estatuto de la Revolución Argentina,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

 

L E Y:

 

ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación una fracción de tierra ubicada en la localidad de Car­los Casares, Partido del mismo nombre, de propiedad de los señores ­PASCUA; PABLO FIDEL; ANGEL VALENTIN; MARIA ROSA; LUISA CLOTILDE; JO­SEFA CECILIA y BENITA POLONIA BESSEGA y MENAZZI, designada catastralmente como: Circunscripción I, Sección B, Manzana 31d, Parcela 12, con destino a la construcción del Barrio Obrero Mariano Moreno de dicho Partido.

 

ARTÍCULO  2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley se atenderá con cargo a la siguiente imputación:  PRESUPUESTO 1973 - CARÁCTER 1 - JURISDICCIÓN 5 - U. DE ORGANIZACIÓN 4 - ÍTEM 12 - FINALIDAD 6 - FUNCIÓN 2 - PROGRAMA 3 - SECCIÓN 2 - SECTOR 5 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - SUBPRINCIPAL 1 - PARCIAL 12 - U.G. 19.

 

ARTÍCULO 3. - Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.