FUNDAMENTOS DE LA
LEY 9565
Con fecha 27 de julio de 1979, se
sancionó
Por el artículo 1 inciso b) se donó un inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción VI, Sección A, Chacra 49, Manzana 49, Parcela 24.
Surge con posterioridad que la nomenclatura es. Circunscripción VI, Sección A, Chacra 49, Manzana 49r, Parcela 24.
En consecuencia, corresponde la modificación de la ley tratada, en el sentido de establecer la correcta designación catastral.