DECRETO-LEY 9556/80

 

LA PLATA, 24 de JUNIO de 1980.

 

VISTO lo actuado en el expediente número 2306-100.662/79 y el Decreto Nacional número 877/80; en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

 

LEY


ARTICULO 1.- Exímense del pago del Impuesto de Sellos los contratos constitutivos de servidumbres administrativas de electroductos que se formalicen por aplicación de la Ley Nacional número 19.552.


ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.