DECRETO-LEY 9556/80
LA PLATA, 24 de JUNIO de 1980.
VISTO lo actuado en el expediente número 2306-100.662/79 y el Decreto Nacional número 877/80; en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY
ARTICULO 1.- Exímense del pago del Impuesto de Sellos los contratos
constitutivos de servidumbres administrativas de electroductos que se
formalicen por aplicación de la Ley Nacional número 19.552.
ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro
y Boletín Oficial y archívese.