FUNDAMENTOS DE LA
LEY 8716
La presente ley dispone la donación al Círculo Cultural “Mariano Moreno” de un sobrante de terreno fiscal ubicado en la ciudad de San Antonio de Areco, jurisdicción del partido del mismo nombre.
Dicho excedente constituye un sobrante de propiedad de la Provincia de Buenos Aires, en los términos del artículo 6º de la ley 5797, en virtud de no afectar dominios particulares.
El nombrado Círculo, propietario lindero a la mencionada fracción, es una entidad de bien público con personería jurídica que mediante la promoción y realización de actividades sociales, culturales y recreativas coopera al desarrollo de un vasto sector de la comunidad, a través de una acción directa y constante.
Con tal motivo, solicita la cesión a su favor de la referida tierra a efectos de destinarla a la ampliación de su sede.
En consecuencia, atento la finalidad expuesta, el Estado Provincial accede mediante la sanción de la presente ley al requerimiento interpuesto.