LEY 9720
FUNDAMENTOS
Atento que, con la sanción de la Ley 9655, no surgía con
claridad la totalidad de las becas a distribuir entre las distintas Diócesis
comprendidas en el territorio de la Provincia, se hace necesario dictar el presente
acto legal por el cual se deja establecido que las treinta (30) becas a que se
refiere el artículo mencionado corresponden en igual número a cada una de
ellas.
Asimismo se introducen una
modificación al artículo 1 por la que el Ministerio de Economía actuará como
órgano de aplicación de la Ley
de que se trata.
Las razones expuestas así como
los motivos que fundamentaron la sanción de la Ley 9655, avalan la sanción de la presente ley.