LEY 9720

FUNDAMENTOS

 

Atento que, con la sanción de la Ley 9655, no surgía con claridad la totalidad de las becas a distribuir entre las distintas Diócesis comprendidas en el territorio de la Provincia, se hace necesario dictar el presente acto legal por el cual se deja establecido que las treinta (30) becas a que se refiere el artículo mencionado corresponden en igual número a cada una de ellas.

Asimismo se introducen una modificación al artículo 1 por la que el Ministerio de Economía actuará como órgano de aplicación de la Ley de que se trata.

Las razones expuestas así como los motivos que fundamentaron la sanción de la Ley 9655, avalan la sanción de la presente ley.