FUNDAMENTOS DE LA

LEY 9861

 

Entre la Secretaría de Intereses Marítimos de la Nación, la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, se formalizó con fecha 26 de Marzo de 1982 un Convenio con el objeto de llevar a cabo las tareas necesarias para proceder al dragado del cauce del Río La Matanza-Riachuelo y completar su rectificación, como continuidad del desarrollo completo del proyecto: Equipo de Trabajo Operativo Saneamiento del Riachuelo.

La realización de los mencionados trabajos resulta imprescindible para concretar el objetivo de saneamiento, con lo que se contribuirá al mejoramiento del medio ambiente del área.

Asimismo se destaca que las decisiones sobre los aspectos operativos de lo acordado en el referido Convenio, serán adoptadas por un Comité Ejecutivo, creado a tal efecto e integrado por representantes de cada una de las partes intervinientes.

Que a los fines de la total realización del programa de dragado y rectificación indicado las partes se comprometen a aportar los fondos que resulten necesarios.

Es por ello que atento a la importancia relevante que reviste la gestión emprendida, se sanciona la presente ley, por la cual se aprueba el Convenio mencionado.