DECRETO-LEY 7312/67

 

Declarando de utilidad pública y sujetas a expropiación, fracciones de tierras  ubicadas en el Partido de Villarino.

 

LA PLATA, 15 de SETIEMBRE de 1967.

 

VISTO la autorización del Gobierno Nacional concedida por Decreto 6338/967, en ejercicio de las facultades legislativas que le confiere el artículo 9º del Estatuto de la Revolución Argentina,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Decláranse de utilidad pública y sujetas a expropiación, las fracciones de tierras ubicadas en el Partido de Villarino, que a continuación se mencionan: Manzana 23, Lote “p” con una superficie de veintitrés metros con ochenta y un decímetros cuadrados (23,81 m2) de propiedad de doña María Hercilia Luro de Salaberry o quien resulte ser su propietario, Manzana 30, Lote “i” con una superficie de sesenta y siete metros con noventa y seis decímetros cuadrados (67,96 m2) de superficie; lote “k” de seiscientos diecisiete metros con ochenta y dos decímetros cuadrados (617,82 m2) de superficie; lote “m” de noventa y cinco metros con veintisiete decímetros cuadrados (95,27 m2) de superficie; lote “n” de trescientos sesenta metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados (360,59 m2) de superficie; lote “o” de cuatrocientos veinte metros con veinticinco metros cuadrados (420,25 m2) de superficie; lote “p” de cuatrocientos quince metros con setenta y cinco decímetros cuadrados (415,75 m2) de superficie, de propiedad de don Guillermo Adolfo Luro y María Hercilia Luro de Salaberry o quien resulte ser su propietario, Manzana 31, Lote “b” de cuarenta y un metros con ventidós decímetros cuadrados (41,22 m2) de superficie; Lote “c”, de setecientos tres metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados (703,47 m2) de superficie; Lote “d” de cuatrocientos veinte metros con veintitrés decímetros cuadrados (420,23 m2) de superficie; Lote “e” de cuatrocientos quince metros con setenta y cinco decímetros cuadrados (415,75 m2) de superficie; Lote “f” de quinientos sesenta metros con veinte decímetros cuadrados (560,20 m2) de superficie; Lote “g” de ochocientos cuarenta metros con cincuenta decímetros cuadrados (840,50 m2) de superficie; Lote “h” de un mil cincuenta metros con sesenta y dos decímetros cuadrados (1050,62 m2) de superficie Lote “i” de un mil cincuenta metros con sesenta y dos decímetros cuadrados (1050, 62 m2) de superficie; lote “j” de ochocientos cuarenta metros con cincuenta decímetros cuadrados (840,50 m2) de superficie; Lote “l” de cuatrocientos quince metros con setenta y cinco decímetros cuadrados (415,75 m2) de superficie, de propiedad de la “Estancia y Cabaña San Vicente de Luro” Sociedad Anónima, Comercial, Agrícola y Ganadera, o quien resulte ser su propietario, Manzana 31, Lote “k” de ochocientos cuarenta metros con cincuenta decímetros cuadrados (840,50 m2) de superficie; Lote “m” de cuatrocientos veinte metros con veinticinco decímetros cuadrados (420,25 m2) de superficie; Lote “n” de ochocientos cuarenta metros con cincuenta decímetros cuadrados (840,50 m2) de superficie; Lote “o” de cuatrocientos veinte metros con veinticinco decímetros cuadrados (420,25 m2) de superficie; lote “p” de cuatrocientos quince metros con setenta y cinco decímetros cuadrados (415,75 m2) de superficie, de propiedad de don Jorge Adolfo Luro, o quien resulte ser su propietario.

 

ARTÍCULO 2.- Las fracciones a que se refiere el artículo 1º serán destinadas a la Corporación de Fomento del Valle Bonaerense del Río Colorado, creada por Ley 6245, para ser destinadas a un parque de maquinarias, talleres y servicios de mantenimiento.

 

ARTÍCULO 3.- La inversión que demande el cumplimiento de la presente Ley se imputará al Anexo Entidades Autárquicas Mixtas, Ítem 1, Finalidad 5, Función 06, Programa 3, Objeto 2, Unidad de Inversión Principal 1, la unidad de inversión parcial 1, U.G.120, “Expropiación terreno para instalación de galpón” en el Presupuesto de Capital-Ejercicio 1967.

 

ARTÍCULO 4.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y arcívese.