DECRETO-LEY 9157/78
VISTO lo actuado en el expediente
número 2305-291/78 y la autorización otorgada mediante
EL GOBERNADOR DE
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
ARTÍCULO 1.- Increméntase
en la suma de TREINTA Y CINCO MIL MILLONES DE PESOS ($ 35.000.000.000) el
Presupuesto General fijado para el Ejercicio 1978 por el artículo 1º de
Carácter 1 - Jurisdicción 4: Ministerio de Economía – Unidad de Organización 6 - Ítem 21: Obligaciones del Tesoro y Crédito de Emergencia - Finalidad 9 - Función 1 - Programa 3 - Sección 1: Erogaciones Corrientes - Sector 4: A Clasificar - Partida Principal 6: Crédito Adicional - Partida Subprincipal 1: Emergencia y Ajuste.
ARTÍCULO 2.-
Amplíase en la suma de TREINTA Y CINCO MIL MILLONES DE PESOS ($ 35.000.000.000)
el Cálculo de Recursos de
1.-Recursos Específicos
1.1. - Ingresos Corrientes
1.1.1.- De Jurisdicción Provincial
1.1.1.06.- Otros Ingresos
1.1.1.06.14- Producido Colocaciones Financieras -Ley 8909 y modificaciones.
ARTÍCULO 3.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.