FUNDAMENTOS DE LA

LEY 9520

 

 

La ley adjunta dispone la permuta de una fracción de tierra fiscal destinada a calle de uso público, por otra que con igual destino ofrece la Empresa “Porcelana Tsuji, Sociedad Anónima, Industrial, Comercial, Inmobiliaria y Financiera”, ubicadas en Ministro Rivadavia, jurisdicción del Partido de Almirante Brown, previa desafectación del dominio público de la primera.

La citada Sociedad solicita la desafectación de la fracción destinada a calle que divide terrenos de su propiedad, ofreciendo en compensación otra fracción de mayor superficie y con mejorado asfáltico.

Motiva tal requerimiento la imperiosa necesidad de la recurrente de ampliar su planta industrial para un mayor y mejor desarrollo de la misma.

La Municipalidad de Almirante Brown presta su conformidad a la desafectación pretendida y a la apertura de otra calle en la fracción cedida.

Atento a las razones expresadas, se sanciona la presente ley.