FUNDAMENTOS DE LA
LEY 9131
La presente ley dispone la venta de una fracción de tierra fiscal ubicada en las proximidades de la estación Los Cardales, jurisdicción de Partido de Campana.
La ludida fracción se encontraba afectada a uso público, sin cargo específico, estando registrada a nombre de la Provincia de Buenos Aires.
La parcela motivo de la ley que se sanciona no fue incluida en la venta aprobada mediante decreto número 3200 de fecha 20 de mayo de 1975, en virtud de considerársela como unidad económica de uso independiente.
Sin embargo, una vez realizados los estudios pertinentes, se advirtió la incongruencia que resulta al mantenimiento de una reserva fiscal rodeada de tierras de propiedad particular y carente de accesos, respecto a la cual han manifestado su desinterés la totalidad de los organismos oficiales consultados.
Por todo lo expuesto, y no existiendo fundamento alguno que justifique su afectación como reserva de uso público, el Gobierno Provincial procede a sancionar la presente ley, mediante la cual acuerda en venta directa la fracción fiscal en cuestión al propietario de las tierras colindantes.