FUNDAMENTOS DE LA

LEY 8778

 

La Ley adjunta dispone la derogación de la ley 8448, por la cual se donó a la Asociación Argentina de Telegrafistas, Radiotelegrafistas y Afines, una fracción de tierra fiscal ubicada en la ciudad de La Plata, jurisdicción del partido del mismo nombre, con destino a la construcción de viviendas para sus afiliados.

Con anterioridad a la sanción de la citada norma legal, por decreto 454 de fecha 30 de enero de 1975, se acordó en venta directa a la nombrada asociación la aludida tierra, identificada catastralmente como: circunscripción I, sección D, manzana 243, parcela 15, con igual destino que el señalado.

El precio de tal adjudicación se fijó en la suma de pesos doscientos setenta y cinco mil noventa ($ 275.290) cantidad que fue abonada por la compradora.

En consecuencia, atento lo expuesto, el Estado provincial mediante la sanción de la presente ley procede a la derogación de su similar 8448.