FUNDAMENTOS DE LA
LEY 8778
La Ley adjunta dispone la
derogación de la ley 8448, por la cual se donó a
Con anterioridad a la sanción de la citada norma legal, por decreto 454 de fecha 30 de enero de 1975, se acordó en venta directa a la nombrada asociación la aludida tierra, identificada catastralmente como: circunscripción I, sección D, manzana 243, parcela 15, con igual destino que el señalado.
El precio de tal adjudicación se fijó en la suma de pesos doscientos setenta y cinco mil noventa ($ 275.290) cantidad que fue abonada por la compradora.
En consecuencia, atento lo expuesto, el Estado provincial mediante la sanción de la presente ley procede a la derogación de su similar 8448.