FUNDAMENTOS DE LA

LEY 9195

 

Por la presente Ley se adecua el Presupuesto General de la Provincia para el Ejercicio 1978, tomándose como base real el incremento comunicado por el Superior Gobierno de la Nación, para el rubro “Régimen de Coparticipación Federal”.

La mencionada ampliación del Cálculo de Recursos posibilitará incrementar el Presupuesto de Erogaciones, lo que permitirá atender acciones de gobierno que, ante la imposibilidad de financiarlas, debieron posponer aún cuando fueran consideradas prioritarias.

Por otra parte, el Gobierno de la Provincia ha centrado su cometido dentro de un marco de austeridad y contención del gasto público, por lo cual esta ampliación será debidamente controlada en su ejecución, tieniéndose en cuenta solamente aquella acciones de imprescindible atención, dado que además de ellas será necesario computar las variaciones operadas en los niveles de los diferentes insumos para la prestación de servicios y ejecución de las obras programadas.

Lo expuesto hace factible satisfacer las necesidades con la adecuada financiación, es decir, sin alterar el esquema de equilibrio financiero oportunamente proyectado.

Además el Gobierno Nacional ha dispuesto la transferencia a la Dirección de la Energía del equipamiento adquirido en el exterior para la instalación de una Central Termoeléctrica de 620 MW en Bahía Blanca.

Sobre el particular, debe destacarse que una sana política exige, en obras de la envergadura de la mencionada Central, asegurar su financiación antes del lanzamiento, y a ese efecto resulta necesario establecer los aportes a realizar con dicho objeto por el Tesoro Provincial, siendo por otra parte de mayor interés para el Gobierno Provincial, limitar su contribución en el referido proyecto para evitar compromisos futuros imprevistos que pudieran desbordar sus posibilidades financieras a mediano plazo.

De esta manera, la Provincia de Buenos Aires al tomar a su cargo la realización de la mencionada obra, concreta una contribución más al proceso de desarrollo del país, tanto regional por cuanto abastecerá de energía a empresas de alta prioridad, como nacional, pues coadyuvará a reforzar a través de la red de interconexión la potencia instalada del parque energético del país, destacando una vez más el principio de subsidiaridad que anima al Poder Ejecutivo que subroga al Gobierno Nacional en importantes inversiones, aliviando consecuentemente la carga financiera que pesa sobre su Presupuesto.

Por último el presente proyecto incluye una contribución al Gobierno de la Nación, destinada a la atención de necesidades a cargo del Tesoro Nacional.

Esta circunstancia se fundamenta en el hecho de que el Tesoro Nacional atraviesa, desde el punto de vista financiera, por una situación especialmente difícil, como consecuencia de las decisiones adoptadas por el Superior Gobierno de la Nación en el sentido de atender con medios genuinos las erogaciones a su cargo.

El Gobierno Provincial, conciente de la hora trascendental que vive el país, no escatima esfuerzos para coayudar, con su aporte, a la política de reordenamiento y saneamiento del sector público dictada y puesta en marcha por el gobierno Nacional y los Gobiernos Provinciales.

Por lo tanto, aún cuando la contribución mencionada postergue acciones que este Poder Ejecutivo tenía programadas, no vacila en apoyar financieramente la gestión nacional, sin que ello siente precedente, ya que lo hace en el entendimiento de que se trata de una situación de coyuntura excepcional.