DECRETO-LEY  9880/82

 

LA PLATA, 8 de Noviembre de 1982.

 

VISTO lo actuado en el expediente número 5100-6239/82 y el Decreto Nacional número 877/80; en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

 

L E Y

 

ARTICULO 1.- Déjase establecido que la nomenclatura catastral correspondiente al bien inmueble descripto en el artículo 1 de la Ley 9583, es la siguiente: Circunscripción IX, Sección C, Manzana 113, Parcela 33ª.

 

ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.