DECRETO-LEY 9413/79
LA PLATA, 4 de SETIEMBRE de 1979.
VISTO lo actuado en el expediente número 2335-14.149/79 y la autorización otorgada mediante la Instrucción número 1/77, artículo 1, apartado 3.2. de la Junta Militar; en ejercicio de las facultades legislativas por ella conferidas,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.-Reconócese a favor de la Municipalidad de Necochea, en concepto de participación, el porcentaje del cuarenta (40) por ciento del producido del remate de tierras fiscales que la Provincia de Buenos Aires realizó en jurisdicción de la citada comuna, de conformidad con las disposiciones de la Ley 5797, los días 17 y 18 de Febrero de 1979.
ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.