FUNDAMENTOS DE LA

LEY 8775

 

Por ley número 8680 se dispuso la donación, por parte de la Provincia, de una fracción de tierra fiscal ubicada en jurisdicción del partido de Tigre a la Empresa Servicios Eléctricos del Gran Buenos Aires (S.E.G.B.A.).

No habiéndose aún operado la correspondiente aceptación por dicha empresa y en virtud de contarse con nuevos elementos de juicio, que hacen aconsejable no otorgar tal liberalidad, en atención a los intereses de la comunidad bonaerense se dispone por la presente ley la derogación de la 8680.