FUNDAMENTOS DE LA
LEY 9465
Con fecha 20 de noviembre de
1979,
A tal fin, el citado convenio prevé la utilización de sistemas atípicos que permitan imprimir a la realización una mecánica apropiada para un desenvolvimiento dinámico y una actitud ejecutiva y eficaz.
Acorde con la envergadura de
dicho proyecto, se encararán obras complementarias y de infraestructura tales
como la construcción de una estación terminal de ómnibus de nivel
internacional, un “aquarium” con todos los atractivos
que pueden brindar la fauna y flora marina locales, como así otros proyectos
cuyas características requieren el esfuerzo mancomunado de
Para la cumplimentación de los objetivos señalados, el citado acuerdo de voluntades, dispone la creación de una Sociedad del Estado, a cuyo cargo estará la planificación, estudio y puesta en marcha de las obras previstas.
En tal circunstancia, el Gobierno Provincial, en orden a la significación del convenio suscripto, concurre a dar respaldo legislativo al mismo.