DECRETO-LEY 9634/80
LA PLATA, 4 de DICIEMBRE de 1980.
VISTO lo actuado en el expediente número 2.600-109.103/79 y el Decreto Nacional
número 877/80; en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la
Junta Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY
ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a
expropiación, el inmueble ubicado en la Localidad de San Miguel, Partido de
General Sarmiento, designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección
L, Manzana 27 b, Parcelas 18 a, 19 a, 20 y 21, inscripción de dominio al Folio
2.424 del año 1976, del Registro del citado Partido, a nombre de "MOJON 30
SOCIEDAD ANONIMA CONSTRUCTORA, INMOBILIARIA Y FINANCIERA", propiedad de la
nombrada sociedad o de quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios,
con destino a establecimiento educativo.
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
Ley será atendido con cargo a la siguiente imputación: Presupuesto 1980,
Carácter 1, Jurisdicción 7, Sección 2, Item 1, Unidad de Organización 1, Código
4-02-5, Sector 5, Partida Principal 8, Partida Sub-principal 3, Partida Parcial
2.
ARTICULO 3.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y
Boletín Oficial y archívese.