DECRETO-LEY 9852/82

 

LA PLATA, 29 de JULIO de 1982.

 

VISTO lo actuado en el expediente número l641/8l y el Decreto Nacional número 877/80; en ejercicio de las facultades legislativas ­conferidas por la Junta Militar,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

 

L E Y

 

ARTÍCULO 1.- Dejase sin efecto el cargo impuesto al Gobierno Nacional con motivo de la donación efectuada por Ley 4308, ­bajo la condición de que los bienes en ella comprendidos se transfieran a favor de la Municipalidad de Bolívar.

 

ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.