DECRETO-LEY 9852/82
LA PLATA, 29 de JULIO de 1982.
VISTO lo actuado en el expediente número l641/8l y el Decreto Nacional número 877/80; en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y
ARTÍCULO 1.- Dejase sin efecto el cargo impuesto al Gobierno Nacional con motivo de la donación efectuada por Ley 4308, bajo la condición de que los bienes en ella comprendidos se transfieran a favor de la Municipalidad de Bolívar.
ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.