FUNDAMENTOS DE LA
LEY 9468
En cumplimiento de las políticas
establecidas para el sector Seguridad Social, con fecha 25 de agosto de 1976,
el Instituto de Obra Médico Asistencial de
El referido Convenio mereció la aprobación del Poder Ejecutivo Provincial mediante decreto número 5461 de fecha 26 de noviembre de 1976.
Con posterioridad se suscribe un nuevo Convenio con fecha 18 de abril de 1977, el cual se complementa con el acta de fecha 1 de diciembre del mismo año.
De conformidad con lo establecido por el artículo 132 inciso 10 de la Constitución Provincial, corresponde sean ratificados los Convenios celebrados en cumplimiento de directivas oportunamente impartidas.
Por lo expuesto, el Gobierno Provincial procede a sancionar la presente ley.